Traspaso de vehículos en el país tendrá cambio para este 2026: propietarios tendrán traba

Conozca cómo será el proceso a la hora de realizar este trámite.


Traspaso moto o carro
Foto: Freepik

Noticias RCN

febrero 09 de 2026
12:58 p. m.
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Desde el pasado 6 de febrero de 2026, el panorama para los propietarios de vehículos en Colombia dio un giro radical.

El Ministerio de Transporte oficializó el fin de la figura del traspaso a persona indeterminada, un mecanismo excepcional que durante años permitió a miles de ciudadanos desvincularse legalmente de vehículos que vendieron sin formalizar los documentos, y de los cuales perdieron el rastro.

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La figura de la "persona indeterminada" fue concebida como una medida transitoria para sanear el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT). Sin embargo, tras varias prórrogas —la última de ellas extendida mediante la Resolución 20253040030725 de agosto de 2025—, el Gobierno Nacional decidió poner fin a esta opción.

Según datos del RUNT, en Colombia existen más de 760,000 vehículos registrados bajo esta condición, de los cuales casi medio millón tienen una antigüedad superior a tres años en ese estado.

¿Qué significa este cambio para el propietario?

A partir de la fecha límite, ya no será posible acudir a los organismos de tránsito para decir: "Vendí mi carro hace años, no sé quién lo tiene, póngalo a nombre de un tercero desconocido". Desde ahora, el traspaso solo podrá realizarse de forma directa y nominal entre el vendedor y el comprador plenamente identificado.

Si un propietario vende su vehículo "en blanco" o mediante una carta de venta sin registrar el traspaso ante la oficina de movilidad correspondiente, seguirá siendo el único responsable ante la ley por:

  • El pago de impuestos vehiculares (y sus respectivos intereses de mora).
  • Multas por infracciones detectadas por cámaras de fotodetección.
  • Responsabilidad civil y penal en caso de accidentes de tránsito o uso del vehículo en actividades ilícitas.

¿Qué deben hacer quienes ya tienen un vehículo bajo esta figura?

Para aquellos que lograron realizar el trámite antes del cierre definitivo, el proceso no termina ahí. La normativa establece que quienes tengan un vehículo registrado a persona indeterminada tienen un plazo máximo hasta el 6 de febrero de 2027 para legalizar el automotor a su nombre.

Si usted es el poseedor actual de un vehículo en estas condiciones y desea formalizar la propiedad, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Inscripción en el RUNT: Tanto el interesado como el vehículo deben estar activos en el sistema.
  • Seguridad Social: Tener SOAT y Revisión Técnico-Mecánica vigentes.
  • Paz y Salvo: No presentar deudas por multas de tránsito ni impuestos vehiculares de los últimos cinco años.
  • Declaración Juramentada: Un documento donde manifieste que desconoce el paradero del propietario inscrito y que asume las obligaciones del bien.
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