¿Propina obligatoria? Esta es la regulación para las ‘apps’ de domicilios de comida
El establecimiento puede sugerir el porcentaje de la propina, siempre que no supere el 10% del costo del servicio.
Noticias RCN
09:34 a. m.
El uso de aplicaciones móviles para el servicio de domicilios, especialmente de restaurantes, es una modalidad que ya hace parte de la cotidianidad de los ciudadanos por la simplicidad de su día a día, sin embargo, aún existen algunas dudas sobre la reglamentación de la propina sobre el servicio prestado.
La Superintendencia de Industria y Comercio, entidad encargada de regular y proteger al consumidor, establece que los usuarios no están obligados a pagar propinas de aplicaciones de comida y, aunque pueden brindar una compensación voluntaria, los establecimientos comerciales deben advertir en sus cartas los precios exactos de los productos sin contar con propina.
Adicionalmente, la ley establece que, aunque los establecimientos tienen el derecho de sugerirle al consumidor el 10% de propina sobre el costo del servicio total, esta debe ser consultada con el cliente antes de emitir la factura, es decir, no se puede dar por sentado que el usuario accederá a pagar ese porcentaje.
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Por otro lado, la Superindustria también advierte que, en caso de que el cliente quiera modificar el porcentaje de la propina (menos del 10% sugerido), puede hacerlo con toda libertad o si es el caso no pagar ningún porcentaje.
De ninguna forma es válido que el cobro de la propina sea incluido sin autorización previa y validación del porcentaje por parte del consumidor, en caso que el establecimiento imprima la factura con la propina sugerida, el cliente está en el derecho de rechazarla sin ningún costo adicional.
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Esta regulación funciona tanto para los establecimientos físicos como para el servicio a domicilio de aplicaciones y el incumplimiento de estas disposiciones podría causar la imposición de multas hasta por 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.