Así puede ahorrar dinero en su declaración de renta 2025: DIAN entregó claves

La entidad dio a conocer detalles puntual en las compras de los colombianos que le ayudarán a reducir pagos.


Declaración de renta
Foto: Freepik

Noticias RCN

marzo 04 de 2025
10:53 a. m.
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La DIAN ha dado a conocer durante los últimos días el calendario tributario con el que deberán cumplir los colombianos en este 2025.

Una de las obligaciones que deben cumplir los contribuyentes es la declaración de renta, impuesto del que surgen muchas dudas.

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Ahora, además de informar sobre esta obligación, la DIAN también ha anunciado una serie de medidas que permitirán a los contribuyentes ahorrar dinero en su declaración de renta para el año 2025. La clave para acceder a estos beneficios será la utilización de la facturación electrónica.

Así puede ahorrar dinero en la declaración de renta con facturación electrónica

Según la DIAN, la facturación electrónica permitirá a los contribuyentes acceder a una serie de beneficios.

Estos beneficios se incluyeron con la reforma tributaria de 2022 y para acceder a las deducciones que ofrece se deben cumplir ciertos requisitos.

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Factura Electrónica con Validación Previa

La adquisición de bienes o servicios debe estar respaldada por una factura electrónica de venta que haya pasado por el proceso de validación previa de la DIAN.

Esta factura debe identificar claramente al comprador con su nombre completo y número de identificación tributaria (NIT) o número de documento de identificación.

Además, debe cumplir con todos los demás requisitos exigidos por el sistema de facturación electrónica de la DIAN.

Pago a través de Medios Electrónicos

El pago de la factura electrónica debe realizarse mediante tarjeta débito, tarjeta de crédito o cualquier otro medio de pago electrónico que involucre a una entidad supervisada por la Superintendencia Financiera de Colombia o quien haga sus veces.

Esto significa que los pagos en efectivo no califican para la deducción. Este pago por medio electrónico debe de realizarse dentro del periodo gravable donde se solicita la deducción.

¿Qué porcentaje se puede deducir?

El porcentaje que se puede deducir es del uno por ciento (1%) del valor de las adquisiciones, sin exceder doscientas cuarenta (240) UVT en el respectivo año gravable.

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