Esto le debe aumentar el arriendo si su contrato se cumple en este mes de febrero

Muchas dudas se han generado en el inicio de año para los arrendatarios.


Casos donde no sube el arriendo en Colombia
Foto: Freepik

Noticias RCN

febrero 04 de 2025
01:27 p. m.
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La época de inicio de año es donde la mayoría de contratos de arrendamiento cumplen su ciclo en Colombia. Para ello, es importante que tanto arrendadores como arrendatarios conozcan el límite máximo de aumento que se puede aplicar al canon de arrendamiento, según la ley colombiana.

Y es que esta duda siempre surge entre los inquilinos, año a año, puesto que este canon aumenta de acuerdo al IPC.

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De acuerdo con el artículo 20 de la Ley 820 de 2003 establece que el incremento del canon de arrendamiento no puede exceder el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.

Bajo este panorama, en 2025, el IPC quedó en 5,2%, por lo que no le deberán cobrar más del 100% del valor que tiene que pagar.

¿Cuánto debe aumentar el arriendo en febrero?

El aumento se aplica al momento de la renovación del contrato de arrendamiento, siempre y cuando el arrendador haya notificado por escrito al arrendatario con anticipación.

La notificación debe indicar el nuevo valor del canon y la fecha en que empezará a aplicarse.

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Así las cosas, si su contrato de arriendo es de 1.000.000 de pesos, el valor que se aumenta se hace con el 5,2% del IPC.

Es decir, según los cálculos, el precio para este nuevo año debería ser de $1.052.000.

¿Qué pasa si el arrendador cobra un aumento superior al permitido?

Si el arrendador cobra un aumento superior al permitido, el arrendatario puede negarse a pagarlo y exigir que se le cobre el valor correspondiente al IPC o al tope máximo establecido por el Gobierno.

Si el arrendador insiste en cobrar un aumento ilegal, el arrendatario puede acudir a las autoridades competentes para que lo obliguen a cumplir la ley.

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