Tome nota: arrendadores en Colombia no podrán exigir estos documentos para adquirir un inmueble
Conozca cuáles son los límites de los arrendadores al momento de solicitar documentación a los potenciales inquilinos.
Noticias RCN
06:46 p. m.
Durante mucho tiempo, el ideal de la vivienda en Colombia ha estado anclado en la propiedad. El "sueño de la casa propia" ha sido el motor de la política pública y de los planes financieros de miles de familias. Sin embargo, en un escenario económico y social cambiante, el arriendo ha dejado de ser una solución temporal para convertirse en una alternativa viable y, en muchos casos, más conveniente y flexible.
Esta transformación ha sido impulsada por diversos factores, desde los retos financieros que representa la compra de un inmueble, hasta la búsqueda de un estilo de vida más adaptable a la movilidad laboral y personal.
De acuerdo con el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), alrededor de 7,3 millones de hogares en el país habitan en inmuebles bajo la modalidad de arrendamiento, dando cuenta de la importancia de ello.
Ante esta creciente ola, muchas dudas se generan, tanto para arrendadores, como arrendatarios. Las autoridades han clarificado cuáles son los límites de los arrendadores y agencias inmobiliarias al momento de solicitar documentación a los potenciales inquilinos.
Documentos que no pueden exigir los arrendadores
De acuerdo con lo conocido, los propietarios o inmobiliarias no están autorizados a exigir el pasaporte como identificación, para aquellas personas extranjeras que deseen alquilar un inmueble, ya que este no es un documento válido para suscribir contratos de arrendamiento.
Además de ello, los propietarios no pueden solicitar información que comprometa la privacidad de la persona interesada en tomar el inmueble. Es decir, temas relacionados con el estado de salud, datos sobre familiares o extractos bancarios de productos financieros como las tarjetas de crédito.
En su lugar, se busca que la verificación se centre en los ingresos y la estabilidad laboral, a través de medios como certificaciones laborales o declaraciones de renta, que ofrecen una visión clara de la capacidad de pago sin ahondar en gastos o transacciones privadas.
Los propietarios y las inmobiliarias seguirán teniendo derecho a verificar la solvencia de los inquilinos, pero lo harán con un conjunto de herramientas más precisas y menos intrusivas.
La solicitud de certificados laborales, declaraciones de renta y la presencia de un codeudor o fiador siguen siendo prácticas válidas y necesarias para mitigar el riesgo.

