MinHacienda advirtió que impuestos por conmoción interior podrían cobrarse durante todo el año
El ministro aseguró que la jurisprudencia de la Corte Constitucional permitió extender su vigencia más allá del estado de excepción.
Noticias RCN
01:43 p. m.
En Colombia, la conmoción interior es un mecanismo que el presidente puede decretar cuando se presentan graves alteraciones del orden público que no pueden ser controladas con las herramientas del Estado.
Este estado de excepción le otorga al Gobierno facultades extraordinarias como la posibilidad de expedir decretos con fuerza de ley para enfrentar la crisis.
Dentro de estas medidas, el Ejecutivo puede crear o modificar impuestos para financiar los costos derivados de la situación que motivo la conmoción.
Pero ahora, lo que ha generado debate es la declaración del ministro de Hacienda, Diego Guevara, quien señaló que, según una jurisprudencia de la Corte Constitucional. estos podrían mantenerse durante todo el año fiscal, incluso si la conmoción interior ya no está vigente.
MinHacienda advirtió que los impuestos por conmoción interior estarían todo el año
En su pronunciamiento, el ministro explicó que existe un antecedente en la Corte Constitucional que permite que, una vez decretados, los impuestos creados en el marco de una conmoción interior no necesariamente desaparezcan cuando finaliza la emergencia.
Hay una jurisprudencia de la Corte que plantea que en una conmoción interior, para mantener el orden público, a pesar de que ya se haya levantado esa etapa, los impuestos puedan aplicarse durante toda la vigencia fiscal. Es un tema de discusión jurídica, pero hay precedentes que permitirían mantenerlos por todo el año.
Esto significa que, aunque la conmoción interior tenga una duración establecida, los tributos creados en ese periodo podrían seguir cobrando a lo largo del año, sin necesidad de una nueva declaratoria de emergencia.
¿Qué impuestos están confirmados hasta el momento?
Dentro del paquete de impuestos que estarían vigentes, el Gobierno ha confirmado:
- IVA del 19% a los juegos de azar en línea: este impuesto se aplicará sobre las plataformas de apuestas digitales.
- Contribución del 1% a las exportaciones de industrias extractivas: se trata de un cobro adicional a los sectores que exportan recursos naturales, como el petróleo, el carbón y otros minerales.
- Modificación del impuesto de timbre: aunque este tributo ya existe, el Ministerio de Hacienda plantea ajustar el límite a partir del cual se debe pagar, aunque aclaró que esto no afectará los trámites notariales tradicionales.
Finalmente, el Gobierno ha señalado que en las próximas horas se expedirán los decretos que definirán con precisión la aplicación de estos impuestos y su permanencia.