La dura multa que afrontarían los propietarios por no asistir a las asambleas en los conjuntos

El asistir a estas asambleas es de carácter obligatorio en el país.


Noticias RCN

febrero 12 de 2026
07:36 a. m.
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Con la llegada del primer trimestre del año, millones de propietarios en el país se preparan para cumplir con una de las citas más determinantes de la vida en comunidad: la Asamblea General Ordinaria de Copropietarios.

Durante estas sesiones, se debaten temas neurálgicos como la aprobación de los estados financieros del año anterior, la ejecución del presupuesto para el periodo entrante y, en muchos casos, la elección de los nuevos miembros del Consejo de Administración y el Revisor Fiscal.

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Sin embargo, a pesar de su relevancia, la asistencia suele ser una constante para los administradores puesto que muchos propietarios dejan de asistir y perder la importancia en ello.

Alertan a propietarios: no asistir a la asamblea de su conjunto puede costarle multa

Lo que muchos propietarios desconocen es que la participación en estas asambleas no es solo un derecho, sino una obligación legal. Expertos en derecho inmobiliario y administradores profesionales han lanzado una alerta clara: la inasistencia injustificada puede derivar en sanciones económicas que afectan seriamente el bolsillo.

Según la Ley 675 de 2001, que regula la propiedad horizontal, los reglamentos internos de cada conjunto pueden estipular multas por no asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias. Estas sanciones se fundamentan en la necesidad de garantizar el quórum deliberatorio y decisorio.

La multa suele oscilar entre media y una cuota de administración mensual, aunque en algunos casos, si el reglamento lo permite, puede ser superior. Si esta no se cancela a tiempo, esta genera intereses moratorios, complicando aún más la situación financiera del copropietario.

Para evitar estos inconvenientes, se recomienda a los propietarios que, en caso de no poder asistir, hagan uso del poder de representación.

Delegar su voto en un vecino de confianza o en un tercero mediante un documento escrito no solo le evita la sanción, sino que asegura que su propiedad esté representada en las decisiones que definirán el futuro del conjunto durante el próximo año.

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