Declaración de renta: estos son los números que vencen esta semana, según el calendario tributario

Hasta el próximo 19 de octubre están programados los plazos de vencimiento para la declaración de renta de las personas naturales.


Declaración de renta
Foto: Pixabay

Sara Casallas

agosto 28 de 2023
07:15 a. m.
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Desde el pasado 9 de agosto iniciaron los vencimientos del plazo para presentar la declaración de renta de las personas naturales ante la Dian, de acuerdo con el calendario tributario diariamente se estableció el orden de la fecha límite que tienen los contribuyentes para realizar este trámite según su número de NIT (Número de Identificación Tributaria), que conste en el RUT.

Este 28 de agosto inicia a la cuarta semana del calendario y hasta el momento se ha vencido el plazo oportuno para la declaración a 24 numeraciones. Cabe resaltar que la Dian establece la fecha dependiendo los dos últimos dígitos del NIT, que normalmente coinciden con los últimos números de la cédula de ciudadanía.

Números de NIT que vencen esta semana para la declaración de renta

Esta semana están programados los vencimientos de diez dígitos que deberán presentar su formulario ante la entidad en el siguiente orden:

  • Lunes 28 de agosto: NIT finalizado en 25 y 26
  • Martes 29 de agosto: NIT finalizado en 27 y 28
  • Miércoles 30 de agosto: NIT finalizado en 29 y 30
  • Jueves 31 de agosto: NIT finalizado en 31 y 32
  • Viernes 1 de septiembre: NIT finalizado en 33 y 34

Lea también: Declaración de renta: ¿Cómo calcular el valor de su patrimonio?

Números del NIT para los que venció el plazo oportuno

En caso de estar obligado a declarar renta por el año gravable 2022 ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, se recomienda estar pendiente a su fecha límite de declaración para no caer en incumplimientos que acarrean multas, incluso si su declaración equivale a no pagar nada.

Los últimos dos dígitos que ya vencieron hasta la fecha son: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24. Los cuales deberán presentar la declaración de igual forma sumado al pago de la multa correspondiente al caso particular.

Puede leer: Declaración de renta: ¿Qué hacer si se venció su fecha límite del calendario tributario?

La sanción mínima establecida para el 2023 es de $424.000, es decir, que, a pesar de tardar un solo día luego de la fecha límite de la declaración, este es el monto mínimo para pagar, incluso si la declaración de la renta arroja un valor a pagar de cero. Además, la sanción económica puede ser mucho mayor dependiendo los ingresos y el patrimonio declarado por el contribuyente.

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