Asobares solicita a la Corte Constitucional reducir tiempo de ley seca en elecciones de 2022

El gremio de bares de Colombia solicitó a la alta Corte revisar la aprobación del nuevo código electoral para que se aplique en los comicios de este año.


Asobares solicita reducción de ley seca en elecciones del 2022
Asobares solicita reducción de ley seca en elecciones del 2022/Foto: Pixabay.

Noticias RCN

febrero 23 de 2022
07:44 a. m.
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En una carta dirigida a la magistrada y presidenta de la Corte Constitucional, Cristina Pardo, la Asociación de Bares de Colombia solicitó revisar la aprobación del nuevo código electoral, con el fin de que se aplique a partir de los comicios de este año, previstos para marzo, mayo y junio.

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Esa petición se basa en que la nueva normativa busca una modificación a la acostumbrada ley seca, implementada durante las distintas jornadas electorales que se celebran en el país.

Para Asobares, esta reglamentación, contemplada en el artículo 206 del decreto 2241 de 1986, obliga a implementar restricciones y cierres a los establecimientos a menos un día antes de la celebración de las votaciones, decisión que “históricamente ha venido afectado tanto al sustento de los miles de familias que dependen del funcionamiento de los establecimientos de comercio que de manera legal y organizada expenden bebidas embriagantes”.

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De llegar a aplicarse el nuevo código electoral, podría entrar la nueva norma propuesta por el gremio, en donde se estipula que las restricciones solamente sean aplicables durante la jornada electoral con el fin de “rescatar la actividad económica del día anterior”.

Asimismo, Asobares resaltó que en marzo se cumplen dos años desde “el cierre voluntario” orientado por la pandemia, con el fin de reducir los espacios que pudieran ser focos de contagio entre los habitantes, medida que ocasionó el cierre definitivo de casi 25.000 establecimientos que no superaron la crisis de aperturas y cierres intermitentes.

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Podemos decir que, hemos llegado a la fase de reactivación, pero aún no a la de recuperación, y es también por este motivo que cobra mayor relevancia nuestra petición, pues mantener una restricción que I) es producto del superado terror de los años 80, II) que brilla por su falta de contexto histórico, III) que afecta a la economía nacional, y que, IV) en nada contribuye en la participación electoral ni en el control del orden público, no se compadece con el proceso de reactivación que se intenta sostener por cuenta del empresariado colombiano.

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