Evalúan el fallo para la muerte digna de una mujer con enfermedad incurable en Perú

Ana Estrada Ugarte, es la mujer de 45 años, que desea poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia.


Evalúan el fallo para la muerte digna de una mujer con enfermedad incurable en Perú
Foto: Freepik

AFP

enero 22 de 2022
10:30 a. m.
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La Corte Suprema de Justicia del Perú evaluó el pasado lunes 17 de enero, un fallo dado en 2021 por un tribunal que ordena respetar la decisión de una mujer de poner fin a su vida con asistencia médica, a raíz de una enfermedad incurable y progresiva.

En la primera sentencia, el 10º Juzgado Constitucional de la Corte Superior (de Apelaciones) de Lima, ordenó al Ministerio de Salud y al Seguro Social de Salud “respetar la decisión” de Ana Estrada Ugarte, de 45 años, “de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia”, en febrero del 2021.

Lea, además: Corte Constitucional rechazó solicitud de MinSalud para aclarar fallo de eutanasia

Tras la decisión, el expediente de la sentencia fue elevado en consulta a la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia, a fin de que apruebe la inaplicación del artículo 112 del Código Penal (correspondiente al homicidio piadoso), y así, pueda cumplirse el fallo.

La audiencia se realizó por videoconferencia, duró tres horas y contó con la participación de Estrada desde una cama, abogados y el Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez. 

En la audiencia, Estrada reiteró su demanda a la muerte digna ante la Sala Constitucional y Social de la principal corte peruana.

"Yo no estoy solicitando que me dejen morir, estoy solicitando mi derecho a elegir cuándo quiero morir", señaló Estrada, conectada a un respirador artificial.

La psicóloga sostuvo que la solicitud es un derecho a tomar sus propias decisiones y no sólo se trata de los cuidados que le puedan ofrecer para aliviar su enfermedad.

"Por derecho a la muerte digna, les solicito que den conformidad a lo resuelto por el fallo del undécimo Constitucional. Hoy me cuesta más esfuerzo poder hablar, paso más tiempo en cama y conectada a un ventilador. En este tiempo mi salud se ha ido deteriorando", expresó la mujer. 

El fallo dispuso que se “inaplique el artículo 112 del Código Penal” que prohíbe la muerte asistida, tras acoger un recurso presentado en febrero de 2020 por la Defensoría del Pueblo, a favor de Estrada.

En América Latina, sólo Colombia despenalizó la eutanasia, en 1997. En México existe la llamada ley del "buen morir", que autoriza al paciente o a su familia, a solicitar que la vida no sea prolongada por medios artificiales, mientras en Uruguay, el Congreso discute un proyecto sobre la eutanasia.

En contexto: Martha Sepúlveda recibió la eutanasia y murió este 8 de enero en Medellín

Estrada sufre desde los 12 años poliomistiosis incurable, lo que provoca una debilidad muscular progresiva, por lo que usa silla de ruedas desde los 20 años, según los medios peruanos.

La sentencia indica que se debe "entender por eutanasia a la acción de un médico de suministrar de manera directa (oral o intravenosa) un fármaco destinado a poner fin a su vida".

El Poder Judicial programó una nueva audiencia el próximo 31 de enero.

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