Capturan a 'Jesús Santrich' en Bogotá
La detención se produjo tras allanamiento en su vivienda. Uno de los principales líderes de la Farc fue conducido al búnker de la Fiscalía.
Noticias RCN
04:51 p. m.
'Jesús Santrich' fue capturado en el barrio Modelia, occidente de Bogotá, por el CTI de la Fiscalía por el delito de narcotráfico.
El presidente Juan Manuel Santos aseguró que "quien cometa un delito después de la firma del acuerdo final será sometido a la jurisdicción ordinaria por los nuevos delitos cometidos".
Dijo que el fiscal general de la Nación, Néstor Humberto Martínez, le informó que "tiene pruebas contundentes y concluyentes que demostrarían la responsabilidad del señor Seusis Hernández conocido como 'Jesús Santrich', en delitos de narcotráfico cometidos después de la firma del acuerdo".
Santos añadió que cumplirá de manera estricta lo pactado en el acuerdo con respecto a los delitos cometidos después de firmado.
"No extraditaré a nadie por delitos cometidos ANTES de la firma del acuerdo y con ocasión del conflicto. Ahora bien, si cumplido el debido proceso –y con pruebas irrefutables— hay lugar a la extradición por delitos cometidos DESPUÉS de la firma del Acuerdo, no me temblará la mano para autorizarla, previo el concepto de la Corte Suprema". Vea aquí la declaración completa del presidente Santos.
La Corte Constitucional en sentencia c-674 de 2017, que modificó el acto legislativo para la paz, dejó claro que quienes incurran en un nuevo delito pierden todos los beneficios de la JEP.
“Si con posterioridad a la entrada en vigencia de este Acto Legislativo y a la finalización del proceso de dejación de armas algunas personas sujetas a la jurisdicción de la JEP cometiera un nuevo delito, éste será de conocimiento de la justicia ordinaria. Adicionalmente, en esos casos la JEP evaluará si esta nueva conducta, cuando corresponda con las que serían de su competencia, implica un incumplimiento de las condiciones del sistema, que amerite no aplicarle las sanciones propias o alternativas a las que tendría derecho por los delitos de competencia de la JEP, sino las ordinarias contempladas en la misma JEP, que deberán ser cumplidas en los sitios ordinarios de reclusión”.
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