Aislamiento selectivo continuará en octubre

El presidente Iván Duque anunció que amplió hasta octubre la vigencia del decreto que regula la fase de aislamiento selectivo.


Aislamiento selectivo
Foto: AFP

Noticias RCN

septiembre 28 de 2020
09:33 p. m.
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Durante el programa ‘Prevención y Acción’ de este lunes, el presidente Iván Duque anunció que extiende la vigencia del Decreto 1168 que expiraba a las cero horas del este primero de octubre.

“Como estamos próximos a terminar el mes de septiembre quiero, también, dejar claro que el decreto que nosotros expedimos para el primer mes, desde que nosotros decretamos el aislamiento selectivo y el distanciamiento individual responsable, se va a extender durante todo el mes de octubre”, afirmó Duque.

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Agregó que se mantendrán las mismas normas que rigieron durante septiembre. Hizo énfasis “en que prevengamos las aglomeraciones. Y eso depende de nosotros haciendo cumplir el distanciamiento individual responsable”. Además destacó que el 88,3% de los pacientes contagiados con coronavirus se recuperaron y los casos activos son del 8,6%.

Desde septiembre está vigente en Colombia el aislamiento selectivo que permite la mayoría de las actividades económicas y sociales como los vuelos internacionales y el servicio en restaurantes con protocolos de bioseguridad.

Recuerde que, según el decreto, todos los ciudadanos deben continuar aplicando las medidas de autocuidado como uso obligatorio de tapabocas, lavado de manos y distanciamiento físico. Quedarse en casa si no es necesario salir y evitar las actividades sociales en la mayor medida posible.

Teletrabajo: El decreto nacional establece además que las empresas deberán priorizar el trabajo en casa o el teletrabajo, mientras dure la emergencia sanitaria en el país por causa del covid-19.

Educación: Se seguirán aplicando 'protocolos muy estrictos, con las alcaldías y con las secretarías, para que sea un proceso gradual, pensando en la salud y en la seguridad de los niños'.

Restaurantes: Con los protocolos necesarios, servicio al aire libre o un distanciamiento muy bien delimitado, y con aforos muy bien delimitados dentro de establecimientos.

No está permitido

  • Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas.
  • Los bares, discotecas y lugares de baile.
  • El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes. 

Vea el decreto completo:

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