Santa Marta restringe circulación de motos durante tres días por alteraciones de orden público
La medida quedó establecida mediante un decreto publicado este 22 de septiembre y comenzó a regir desde las 4:00 de la tarde de este martes.
Noticias RCN
06:11 p. m.
La Alcaldía de Santa Marta anunció una restricción temporal para la circulación de motocicletas y otros vehículos similares en toda la ciudad, como parte de las medidas adoptadas ante las recientes alteraciones del orden público.
Restrigen circulación de motos en Santa Marta
La medida quedó establecida mediante un decreto publicado este 22 de septiembre y comenzó a regir desde las 4:00 de la tarde de este martes. La restricción se mantendrá hasta el jueves 24 de septiembre.
La disposición cobija a motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos, independientemente de que circulen con o sin acompañante. La administración distrital señaló que la decisión busca contribuir a las condiciones de seguridad en la capital del Magdalena.
Policía estará a cargo de los controles
Durante el periodo de vigencia de la medida, la Policía Metropolitana, en coordinación con la Secretaría de Movilidad Multimodal y Sostenible y otras autoridades, realizará los controles necesarios para verificar el cumplimiento de la restricción.
Las personas que sean sorprendidas incumpliendo lo establecido en el decreto estarán sujetas a las medidas correctivas correspondientes, de acuerdo con la normativa establecida.
¿Quiénes están exceptuados de la restricción?
El decreto contempla excepciones para vehículos que se encuentren desarrollando funciones oficiales, prestando servicios o atendiendo situaciones de emergencia.
Entre los exceptuados están los vehículos pertenecientes a organismos de seguridad del Estado, incluidas las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, el Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía, el Inpec y otros organismos que ejerzan funciones legalmente asignadas a la Policía.
También podrán circular vehículos de entidades públicas y aquellos destinados a la atención de emergencias, siempre que estén debidamente identificados.
La excepción contempla, entre otros casos, el traslado de personas afectadas en su salud, la prevención y atención de desastres o calamidades y las actividades relacionadas con la seguridad.
