Vía libre para el inicio de planes piloto de vuelos domésticos en el país

Un vuelo entre Cúcuta y Bucaramanga será el primero que se habilitará en todo Colombia dentro del plan piloto para la reabrir las terminales aéreas.


Noticias RCN

julio 07 de 2020
05:35 p. m.
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A través de una carta remitida por el viceministro de Relaciones Políticas, Daniel Palacios, el Gobierno Nacional dio respuesta a la petición presentada el pasado 6 de julio por el alcalde de Cúcuta Jairo Yañez, dando vía libre al inicio de los planes piloto de la reactivación de los vuelos nacionales.

La carta con la que Yañez solicitaba el permiso, se presentó de acuerdo con las disposiciones dictadas por el Gobierno Nacional, y la implementación del plan piloto se daría solamente en la cobertura de cuatro rutas, que además comprenden a los municipios de Arauca, Arauca; Rionegro, Antioquia; y Bucaramanga, Santander.

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El permiso concedido por el Gobierno Nacional se da después de la revisión, por parte de las autoridades sanitarias, el MinInterior y la Aeronáutica Civil, de las condiciones favorables de dichos territorios frente al desarrollo de la enfermedad del coronavirus en esos lugares.

La suspensión de los viajes domésticos comerciales inició a finales del pasado mes de marzo, cuando el Gobierno Nacional dispuso el inicio de la medida preventiva del aislamiento obligatorio para mitigar la expansión del virus en el territorio nacional.

Según el MinSalud, los requisitos para permitir la implementación de los planes piloto para la reactivación del transporte comercial aéreo incluían la revisión, por parte de las autoridades sanitarias, de las condiciones virales tanto de la ciudad de destino, como de las ciudades de origen.

En el documento emitido por el Gobierno Nacional, se indica que los aeropuertos que harán parte de este plan piloto son: el aeropuerto Palonegro de Lebrija (que presta sus servicios a Bucaramanga); el Aeropuerto Santiago Pérez Quiróz de Arauca; Aeropuerto Internacional José María Córdova, en Rionegro Antioquia; y el aeropuerto Camilo Daza de Cúcuta.

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El plan piloto de reactivación de la operación aérea doméstica deberá cumplir, entre otras, con las medidas de bioseguridad general, expedidas el pasado 24 de abril a través de la resolución 666, además de las medidas previstas en la resolución 1054 de 2020 del Ministerio de Salud, a través de las cuales se establecen los protocolos específicos de seguridad sanitaria para la operación aérea.

Las medidas de bioseguridad

En los vuelos

-    El abordaje se adelantará por filas, iniciado por los puestos traseros del avión, y el llamado se hará en grupos de máximo 10 personas. 
-    Durante el vuelo, los pasajeros y tripulantes deberán usar de forma permanente el tapabocas, y se tendrá que evitar el uso del baño del avión.
-    Si durante el vuelo alguno de los pasajeros manifiesta síntomas, deberá manifestarlo de forma inmediata a la tripulación.
-    El desembarque deberá realizarse de manera ordenada.
-    No se tendrá el servicio ni suministro de alimentos a bordo. 
-    Suspensión de los dispositivos de entretenimiento a bordo. 

En las tripulaciones

-   Deberán usar de forma permanente sus elementos de bioseguridad, incluso después de haber aterrizado. Solo podrán retirar su tapabocas hasta que hubiesen llegdo a su residencia u hotel.
-   Los hoteles donde permanecerán las tripulaciones deberán cumplir con estrictos protocolos de limpieza.

En aeropuertos y en general

Según establece el documento, el cumplimiento y vigilancia del mismo es responsabilidad de las autoridades locales, a través de sus entidades sanitarias particulares del lugar donde aplique cada uno de los terminales aéreos autorizados. 

Estas son algunas de las medidas previstas en el marco del plan piloto: 

  • Los aeropuertos deberán emitir anuncios periódicos que recuerden la medida del distanciamiento físico, lavado de manos y demás medidas de bioseguridad.
  • Dichas terminales también deberán desplegar avisos y demás ayudas audiovisuales que refuercen la tarea anterior. 
  • Recomendar la instalación de la aplicación Corona-App a los pasajeros y el diligenciamiento de los formularios allí implementados.
  • Cumplimiento de las medidas de bioseguridad en los transportes públicos que se brindan en el exterior de dichos terminales. 
  • Los pasajeros solo podrán acudir al terminal aéreo en un plazo máximo de dos horas antes del vuelo,
  • A los terminales aéreos solamente podrán acceder los pasajeros, presentando su debido comprobante de vuelo; y los trabajadores de las aerolíneas y las autoridades aeroportuarias portando su correspondiente identificación.
  • En el caso de los menores de edad y los adultos que requieren asistencia, solamente será permitido un acompañante.
  • Las terminales aéreas deberán limitar el número de entradas de acceso a sus instalaciones.
  • Toma de temperatura al ingreso a la terminal aérea.
  • Las terminales aéreas deberán trabajar en la adecuación de sus espacios para evitar las aglomeraciones.
  • Si los pasajeros no tiene equipaje de bodega deberán dirigirse directamente a las salas de abordaje. 
  • Salvo casos específicos, no se podrá requerir a los pasajeros retirarse el tapabocas.
  • Se permitirá el transporte de geles y líquidos antibacteriales en equipajes de mano en dispositivos de máximo 355 mililitros.
  • Rotulación de sillas en salas de espera de forma que se garantice el distanciamiento físico.
  • A la llegada a los aeropuertos de destino se deberá volver a realizar toma de temperatura.
  • Los aeropuertos receptores deberán establecer, en coordinación con sus respectivas secretarías de salud, los protocolos necesarios para los el manejo y reclamo de equipajes. 
  • Los trabajadores aeroportuarios deberán abstenerse de acudir a trabajar si presentan alguno de los síntomas asociados con la enfermedad.
  • Los aeropuertos deberán establecer y garantizar el cumplimiento de medidas de bioseguridad para sus trabajadores, así como propender por el cumplimiento de estas.

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