Así sería la vacunación anticovid de los privados en Colombia

En el decreto borrador ésta no se habilitará para venta de los biológicos sino para vacunar a empleados y familiares de las empresas que los adquieran.


Noticias RCN

marzo 31 de 2021
10:30 p. m.
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El Gobierno Nacional publicará por tarde el próximo lunes 5 de abril el documento del decreto borrador para comentarios y que abrirá la puerta para la negociación y adquisición de vacunas contra el covid-19por parte de privados.

De acuerdo con el documento, los privados podrán negociar adquirir e importar al finalizar la primera fase, es decir junio y julio.

Vea también: Estos son los nuevos criterios de distribución de vacunas anticovid en el país

Esta autorización no se habilitará para venta ni comercialización de biológicos sino para vacunar a empleados de las empresas que los adquieran y a sus familiares.

En entrevista con el programa La Noche de NTN24, el director del Departamento Administrativo de la Presidencia, Víctor Muñoz, resaltó que para la aplicación de estos biológicos “los privados deberán tener su red paralela que implique no competir con la red que tiene el Gobierno Nacional para la vacunación de tal manera que no se utilicen los vacunadores ni la red de cadena frío”, dijo el ejecutivo.

Lea además: Lote de 100.000 vacunas de Pfizer llegaron este miércoles a Colombia

Víctor Muñoz agregó que esta vacunación debe hacerse a través de las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS).

Otros puntos clave del decreto borrador

  1. Las vacunas a importar deben contar con una autorización sanitaria de uso de emergencia de conformidad con lo dispuesto en el decreto 1787 de 2020.
  2. Tener el aval del Ministerio de Salud y Protección Social. Para el efecto, las personas de derecho privado deberán presentar una solicitud ante dicho Ministerio en la que deberán indicar en detalle, el plan de uso o comercialización y los demás elementos que sean requeridos por este mediante resolución.
  3. Garantizar la aplicación de las vacunas importadas en instalaciones de prestadores de servicios de salud que cumplan con los requisitos establecidos en el presente decreto y en los lineamientos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.
  4. Garantizar que el procedimiento de aplicación cumpla con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social para cada vacuna.
  5. Asumir no solamente los costos de la importación y de los biológicos, sino también los costos de la aplicación.
  6. Establecer el procedimiento, registrar y asumir los costos del registro, de las personas vacunadas con los biológicos importados, en la plataforma PAIWEB 2.0. 

Según el parágrafo 1, el plan de uso o comercialización de qué trata el literal B del artículo deberá respetar los criterios de priorización establecidos en el decreto o los que estén vigentes al momento de la recepción de las vacunas.

Y, de acuerdo con el parágrafo 2, las personas del derecho privado que importen y apliquen vacunas, asumirán la responsabilidad de los posibles efectos adversos que puedan derivarse de las mismas.

Consulte más: Gobierno anuncia nuevo modelo de distribución de vacunas en Colombia

Cabe destacar que en los próximos días la vacuna del laboratorio Moderna se suma a la lista de biológicos que ya cuentan con autorización Invima, que hasta el momento son Pfizer, Sinovac, Jannsen y AstraZeneca.

Lina Sandoval - NoticiasRCN.com

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