Bogotánoviembre 21, 2022hace un año

¡Ojo al dato! Esta es la fecha de plazo máximo para pagar la tercera cuota del impuesto predial

La Secretaría hizo un llamado a los ciudadanos para no pasarse de esta fecha, pues de lo contrario deberán pagar un gasto adicional por mora.

Impuesto predial: vence plazo para pagar tercera cuotaImagen de referencia - Foto: Pixabay

La Secretaría Distrital de Hacienda informó a través de sus redes sociales que las personas que se acogieron a la posibilidad de pagar el impuesto predial por cuotas tienen hasta el próximo 25 de noviembre para hacer el tercer abono, con vigencia del 2022.

La Secretaría hizo un llamado a los ciudadanos para no pasarse de esta fecha, pues de lo contrario deberán pagar un gasto adicional por mora. Para descargar el recibo y hacer el pago las personas podrán acudir a la Oficina Virtual dispuesta por la entidad.

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Cabe recordar que la cuarta cuota, que es la última, se vence el 20 de enero de 2023.

En el marco de estos pagos que se deben realizar en la ciudad, muchas personas han denunciado haber sido estafadas. Por este motivo, la entidad alertó a los bogotanos sobre algunas situaciones en las que se engaña a los contribuyentes a través de cartas falsas que llegan al correo electrónico que tienen el siguiente mensaje: “Notificación por correo de la resolución No. (…) por medio de la cual se libra mandamiento de pago-proceso de cobro coactivo”.

En estos mensajes se da un plazo de tres días para hacer la transacción y evitar un embargo. Esto ha hecho que varias personas paguen a terceros sus impuestos y terminen siendo estafados.

Para evitar estos casos, la Secretaría Distrital de Hacienda dispuso canales de atención oficiales a los que la ciudadanía puede comunicarse.

Gastos por mora: ¿qué pasa si no paga el impuesto predial?

En caso de que una persona no cumpla con la obligación del impuesto predial, se verá obligada a pagar intereses moratorios y además las autoridades de la zona en la que se encuentre podrá iniciar un proceso de cobro coactivo, esto puede terminar en un embargo y secuestro del predio sobre el cual recae el cobro.

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por:Autor Noticias RCN

Noticiasrcn.com

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