Reforma Laboral

Los puntos clave de la reforma laboral 2.0
Economía

Los puntos clave de la reforma laboral 2.0: ¿Fue radicada en el Congreso 'por la puerta de atrás'?

Esto es lo que cambiaría de la jornada laboral ordinaria de aprobarse el proyecto de ley tal y como fue radicado en el Congreso.

Las reformas sociales son aquellas medidas de carácter político que tienen como objetivo mejorar la eficacia, calidad e igualdad en el acceso a servicios y bienes considerados fundamentales para la sociedad como la salud, educación, trabajo, etc. Es importante mencionar que estas fueron creadas con la finalidad de darle respuesta a la inequidad en la repartición de la riqueza, servicios y bienes básicos para su subsistencia. 

Entendiendo esto, los gobiernos a través de los diferentes ministerios tienen la responsabilidad de radicarlas ante el Congreso de la República para luego ser aprobadas. El Ministerio del Trabajo liderado por Gloria Inés Ramírez tiene como reto presentar la reforma laboral que tiene como objetivo mejorar y cambiar las relaciones laborales en el país. 

A finales del 2022 esta cartera del Gobierno anunció que se daría inicio a las mesas de concertación para discutir este tipo de reformas. Las mesas tuvieron la participación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) y la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. 

A inicios de 2023 comenzaron a conocerse luces sobre lo que sería este importante proyecto. En un principio con la ley 2101 de 2021 se modificó el artículo 161 del Código del Trabajo que regula la jornada laboral en Colombia y estableció una duración máxima de 42 horas semanales de jornada ordinaria, esto quiere decir, que serían seis horas menos. Es importante resaltar que la reducción no altera el salario de los empleados y comenzaría a regir a partir del próximo 15 de julio. 

En el borrador del proyecto se plantean cambios importantes relacionados con contratos de trabajo, la prestación de servicio, las restricciones para el despido, así como las jornadas que tienen actualmente los colombianos. 

Otro punto neurálgico y cuestionado de esta reforma ha sido el de las aplicaciones de movilidad con el que el Gobierno busca regular a más de 700 que operan en el país, y que han generado debate con el gremio de taxistas debido a que no hay una reglamentación clara sobre sus obligaciones tributarias y laborales para su funcionamiento. Ante algunas especulaciones, el Gobierno a través del Ministerio de Transporte señaló que no tomarían ninguna decisión hasta que haya un consenso, para esto se desarrollarían mesas de diálogo tanto con el gremio y las apps de movilidad. 

En el caso específico de esta reforma que se espera sea presentada el próximo 16 de marzo, desde el Ministerio del Trabajo se puntualizó que aún se le están haciendo ajustes, pero ya hay algunos puntos clave. 

  1. Recargo dominical o festivo: aumentaría del 75 % al 100 % es decir, que si usted de lunes a viernes gana $2.000 pesos por hora, el domingo recibirá el mismo valor por hora. Además, la reforma establece que el horario nocturno iniciaría desde las 6:00 p.m. y no desde las 9: 00 p.m.
  2. Restricciones para el despido: se plantean opciones de protección al trabajador, en este caso se requerirá de autorización judicial para despedir o terminar el contrato laboral a : madres o padres cabeza de familia, personas con discapacidad, mujeres en estado de embarazo y hasta los seis meses después de dar a luz.
  3. Licencia de paternidad: Dentro del borrador de la reforma laboral se indica que la licencia será de cinco semanas intransferibles desde el momento en el que sea aprobado por el Legislativo y sea sancionada por el Gobierno. En esta medida, habrá una licencia remunera para madre y padre que, según el proyecto, va a ir aumentando de forma progresiva hasta llegar a ser de 12 semanas en el 2025; actualmente la ley estipula que un periodo de tiempo de 14 días. Los progenitores estarán en derecho de decidir, de forma libre y sin supeditación alguna, la forma en la que se repartirán el tiempo de la licencia de paternidad. Esto lo podrán hacer en periodos semanales y de manera acumulada o interrumpida. 

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