Corte Suprema negó por segunda vez a Andrés Calle la revocatoria de medida de aseguramiento
El expresidente de la Cámara de Representantes solicitó, además, el cambio de centro de reclusión a una guarnición militar.
Noticias RCN
11:40 a. m.
En horas de la mañana de este 3 de febrero, se conoció el nuevo auto de la Corte Suprema de Justicia en el que decidió negar por segunda vez consecutiva la solicitud de Andrés Calle para revocar la medida de aseguramiento que cumple en la cárcel La Picota, en Bogotá.
El expresidente de la Cámara de Representantes, Andrés Calle, vinculado al desfalco a la UNGRD, nuevamente intentó nuevamente revocar su privación de la libertad, pero con la ponencia del magistrado Jorge Emilio Caldas, el alto tribunal decidió negar su solicitud.
No revocar la medida de aseguramiento impuesta por la sala especial de instrucción (…) No sustituir la medida de aseguramiento privativa de la libertad en centro carcelario, impuesta a Andrés David Calle Aguas.
La razón por la que negaron por segunda vez la revocatoria de cárcel a Andrés Calle
De acuerdo con el documento de la Corte Suprema, “la gravedad de los delitos imputados, la participación de múltiples actores en un esquema de corrupción sistemática, y el impacto en derechos fundamentales de población vulnerable, hacen que la detención intramural sea la única medida que cumple efectivamente con los fines constitucionales de proteger a la comunidad.
Asimismo, el alto tribunal lo señala como un peligro para la sociedad bajo estos argumentos:
“La Sala de Instrucción fue clara al señalar que la peligrosidad no emana de la mera ostentación de un cargo, sino de la representatividad política acumulada a lo largo de su trayectoria, de la capacidad de influencia regional y nacional que trasciende los cargos institucionales e incide en las decisiones incluso de otros actores políticos y en las estructuras de poder ya consolidadas.
Andrés Calle solicitó traslado a una guarnición militar
El procesado por el escándalo de corrupción de la UNGRD, a su vez, solicitó traslado de centro de reclusión por presuntas amenazas en su contra.
La Corte decidió que el Inpec deberá estudiar la situación:
“Respecto del traslado a una guarnición militar por razones de seguridad, se oficiará al Inpec y a la Cárcel La Picota, para que en ejercicio de sus funciones y conforme a los protocolos exigidos para tal efecto, evalúen las amenazas puestas de presente en la solicitud (…) y adopten las medidas que consideren necesarias para salvaguardar la integridad física del recluido.