Consejo de Estado ordena reglamentar ley que prohíbe pruebas cosméticas en animales en Colombia

Gobierno tiene seis meses para reglamentar la Ley 2047 de 2020, que prohíbe el testeo de cosméticos en animales, tras fallo del Consejo de Estado.


Consejo de Estado ordena reglamentar ley que prohíbe pruebas cosméticas en animales en Colombia
Foto: Freepik / Consejo de Estado

Noticias RCN

julio 04 de 2025
07:34 p. m.
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El Consejo de Estado le ordenó al Gobierno nacional reglamentar el artículo 6 de la Ley 2047 de 2020, que prohíbe en Colombia la experimentación, importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos que hayan sido objeto de pruebas en animales.

La decisión se da tras una acción de cumplimiento presentada por el representante a la Cámara Juan Carlos Lozada Vargas.

La Sala consideró que ha transcurrido un tiempo desproporcionado desde la promulgación de la norma, que fue sancionada en agosto de 2020, sin que el Ejecutivo haya expedido el reglamento obligatorio, a pesar de que la ley establecía un plazo máximo de un año para hacerlo.

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Consejo de Estado fija plazo de seis meses para reglamentar la ley

El alto tribunal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, ampliando de tres a seis meses el plazo para cumplir la orden.

La decisión recae sobre el Gobierno nacional, conformado por el presidente de la República y los ministerios de Comercio, Salud, Ciencia, Ambiente y Tecnologías de la Información.

En su análisis, la Sala concluyó que el artículo 6 de la ley contiene un mandato imperativo e inobjetable, y que la omisión del Ejecutivo constituye un incumplimiento del deber legal.

También dejó claro que las campañas de difusión sobre la prohibición de pruebas en animales no sustituyen el deber de reglamentar la norma.

Gobierno no ha expedido reglamentación ni definido autoridad competente

Durante el proceso, distintos ministerios señalaron no tener competencia directa para reglamentar la ley y trasladaron la responsabilidad entre ellos.

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Sin embargo, el Consejo de Estado reiteró que, de acuerdo con la Constitución, la potestad reglamentaria recae sobre el Gobierno nacional en su conjunto.

Finalmente, la Sala declaró la falta de legitimación en la causa por pasiva del Departamento Administrativo de la Presidencia (DAPRE) y negó las pretensiones frente a esta entidad. El resto del Gobierno deberá expedir la reglamentación dentro del nuevo plazo establecido.

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