Corte Constitucional extiende indemnizaciones en divorcios de uniones religiosas

Para el alto tribunal, las indemnizaciones por divorcio contribuyen a evitar la violencia intrafamiliar y doméstica, principalmente contra las mujeres.


Corte Constitucional extiende indemnizaciones en divorcios religiosos
Corte Constitucional extiende indemnizaciones en divorcios religiosos/Foto: archivo.

Noticias RCN

marzo 28 de 2022
03:24 p. m.
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La Corte Constitucional dio la orden de ampliar las indemnizaciones estipuladas para las víctimas de divorcio o separación, tanto de uniones civiles como de uniones religiosas, sección que antes no era reconocida por la norma.

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Frente a esta decisión, el alto tribunal señaló que estas reparaciones a las víctimas de un divorcio, pueden contribuir a evitar casos de violencia intrafamiliar en los que, la mayoría de ocasiones, las víctimas son las mujeres.

Uno de los objetivos de la Corte es “perseguir varios fines constitucionales legítimos, entre ellos dignidad; los derechos de acceso a la justicia y a la reparación; el deber de sancionar la violencia en la familia y el estándar de protección del derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencias”, tal y como indicó en el fallo.

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Protección a las mujeres en casos de divorcio

Los argumentos de la Corte sustentan que la extensión de las indemnizaciones para las víctimas de separaciones civiles y religiosas, abren la puerta para consolidar políticas de protección a mujeres que sean blanco de violencia en el núcleo familiar y que pueden tener limitaciones para acceder a la justicia.

El caso se puso sobre la mesa luego de estudiar una ley del Código del Proceso en la que se establecía que únicamente quienes se encontraban en unión civil, podían acceder a los beneficios de indemnización, excluyendo a quienes hacían parte de una unión religiosa.

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Finalmente, el tribunal recalcó que en cualquier caso de divorcio, es necesario que los jueces hagan llegar copias del caso a la Fiscalía General de la Nación, con el fin de investigar cualquier delito que haya podido cometerse dentro del matrimonio y que conlleva la disolución del mismo.

“La medida es efectivamente conducente para cumplir con el deber de sancionar las conductas violencias en el ámbito doméstico, permitir el acceso a la administración de justicia y garantizar la protección constitucional de las mujeres a vivir una vida libre de violencias”, concluyó la Corte.

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