CIDH decreta medidas cautelares para proteger a líderes sociales amenazados en Colombia: ¿de quiénes se trata?

Por estar en situación de riesgo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, decretó medidas cautelares a tres líderes sociales del país.


Por estar en situación de riesgo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, decretó medidas cautelares a tres líderes sociales del país.
Amenazas contra líderes sociales en Colombia / Foto: archivo Noticias RCN

Noticias RCN

febrero 10 de 2023
10:06 a. m.
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Promover la defensa de los derechos de los ciudadanos en el continente americano es el objetivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, creada en 1959 por la Organización de Estados Americanos, (OEA). 

Este órgano de derecho otorgó recientemente medidas cautelares algunos líderes sociales en Colombia, debido a que se identificó: “que se encuentran en una situación de riesgo de daño irreparable a sus derechos”. 

Estas personas pertenecientes al departamento del Cauca son: Guillermo Andrés Mosquera Miranda, Nidia Marcela Montoya y Carlos Mauricio Mosquera, quienes son líderes en esta región del país y grupos criminales estarían atentando contra su vida. 

La CIDH indicó que estas personas se dedican a la docencia y además, son líderes sociales campesinos. Por otro lado, Carlos Mauricio Mosquera, fue candidato a la Cámara de Representantes en las elecciones legislativas por la jurisdicción de paz en 2022. Es importante mencionar que estos tres colombianos además son beneficiarios de la Asociación Campesina de Trabajadores de Argelia, (ASCAMTA). 

“Desde el 2018 las personas beneficiarias han sufrido distintas amenazas de muerte por parte de grupos armados ilegales, fueron víctimas de múltiples desplazamientos forzados y objeto de hechos de violencia”, señala la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 

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En el caso de Nidia Montoya, se específica que fue declarada objeto militar en el año 2020. Por otro lado, un carro bomba explotó en cercanías de la vivienda de Carlos Mauricio Mosquera en mayo de 2022 y Guillermo Andrés sufrió una tentativa de homicidio. 

En su momento, el Estado puntualizó que el 12 de julio de 2022 la Unidad Nacional de Protección, (UNP), otorgó medidas de protección a Guillermo Andrés. También aseveraron que a sus dos hijos y a Nidia Marcela los incluyeron en el Registro Único de Víctimas. Pero, al final alegó que adoptó medidas para proteger la vida de estas personas, por lo que solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que decline la petición de medidas cautelares. 

Ante esto, la CIDH precisó que “la Comisión valoró la información aportada por el Estado, al mismo tiempo observó que la situación de vulnerabilidad de las personas beneficiarias y los factores de riesgo no habían sido mitigados. La parte solicitante hizo referencia a la continuidad de las amenazas de muerte y a la insuficiencia de las medidas de protección adoptadas por el Estado. Asimismo, la Comisión no ha recibido información sobre el avance en las distintas investigaciones por las amenazas denunciadas por las personas beneficiarias desde 2018. El Estado no presentó información respecto de la situación de Carlos Mauricio Mosquera Miranda. Por su parte, los núcleos familiares de las personas beneficiarias estarían en riesgo dadas las posibles represalias, y considerando las acciones de acoso y hostigamiento de las que han sido objeto el padre y la madre de Guillermo Andrés y Carlos Mauricio”.

Así pues, decidió otorgar las medidas cautelares y pedirle al Estado colombiano que: 

  • “Adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de Carlos Mauricio Mosquera Miranda, Guillermo Andrés Mosquera Miranda, Nidia Marcela Montoya y los integrantes de sus núcleos familiares”.
  • “Adopte las medidas de protección que resulten necesarias para que las personas beneficiarias puedan continuar realizando sus actividades en defensa de los derechos humanos sin ser objeto de amenazas, intimidaciones, hostigamientos o actos de violencia”.
  • “Concierte las medidas a implementarse con las personas beneficiarias y sus representantes”. 
  • “Informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente resolución y así evitar su repetición”.

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