Expresidente Álvaro Uribe quedó absuelto por soborno en caso Hilda Niño

Durante la audiencia de este 28 de julio, la juez Sandra Heredia lo absolvió de este caso.


Noticias RCN

julio 28 de 2025
08:18 p. m.
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Este lunes 28 de julio está siendo histórico en Colombia. En un proceso que se ha llevado todas las luces, la jueza Sandra Heredia leyó el fallo condenatorio en primera instancia contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.

Las solicitudes de la defensa del expresidente Uribe tras conocer el fallo condenatorio en su contra
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El exmandatario ha sido procesado por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.

Expresidente Álvaro Uribe condenado por dos delitos

Para conocer los detalles del caso, hay que remontarse a 2012. En un principio, Uribe señaló al senador Iván Cepeda de haberse reunido con exparamilitares en la cárcel para buscar que testificaran en su contra.

El caso estuvo avanzando lentamente, pero no fue sino en 2018 cuando llegó el punto de inflexión. La Corte Suprema consideró que no había argumentos contra Cepeda, más sí contra Uribe.

Desde ahí, empezó el proceso ante los tribunales. Cuando parecía que la corte iba a seguir con el proceso, tras la renuncia a la curul del Senado, el caso quedó en manos de la justicia ordinaria.

Con el cambio de fiscal, en 2024 finalmente fue acusado formalmente el exmandatario. Tras las preparatorias y demás trámites, comenzó este año el juicio de Uribe, el cual se ha llevado a cabo contra el tiempo.

Absuelto en caso Hilda Niño

La juez Heredia lo halló culpable: soborno y fraude procesal. Aunque, absolvió al expresidente de soborno en el caso de Hilda Niño Farfán, exfiscal de Justicia y Paz.

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“Desde siempre, Uribe Vélez optó por defenderse, tanto en su influencia en la reunión sostenida entre Niño Farfán y el fiscal general de la Nación, como de su carencia intervención en el traslado carcelario. De manera que no podía inferirse una violación del derecho de defensa desde ninguna de sus vertientes”

En ese orden de ideas, la juez concluyó que condenarlo por este caso era inadmisible: “En conclusión, el excelso ejercicio probatorio logró acreditar un hecho que no fue imputado y con vicios de licitud”.

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