Fiscal de Medellín que disparó a atracador es inocente: Corte Suprema

La sentencia fue proyectada por el magistrado Luis Guillermo Salazar.


Noticias RCN

mayo 04 de 2018
12:28 p. m.
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"No tenía otra opción que repeler el ataque". Esas fueron las palabras empleadas por la Corte Suprema de Justicia a la hora de absolver a Andrés Roberto Echevarría Marulanda, fiscal 48 delegado ante la Sala de Justicia y Paz del distrito de Medellín, quien el 14 de enero de 2017 se le anticipó a Franklin Antonio Morales Cardona y lo hirió en el cuello, causándole paraplejia.

Morales Cardona había planeado el atraco con otro delincuente llamado "muelas". Según el documento de la Corte, se pusieron de acuerdo para seguir a un vehículo determinado que pasaba por la calle 33 en el barrio San Diego de Medellín. Morales se fue por la ventanilla del pasajero y "muelas" por la del conductor, quien llegó primero fue Morales, según el expediente, ingresó un revolver de fogueo por la ventanilla en la que estaba la novia del fiscal Andrés Roberto Echavarría. 

El Fiscal, experto en manejo de armas, movió a su novia con la mano derecha y rápidamente disparó con la izquierda, Franklin Antonio Morales quedó herido y el otro ladrón se fugó. Cabe resaltar que, en el proceso, ninguna de las partes desmintió los hechos, pero la defensa de Morales pidió sentencia en contra del Fiscal, argumentando, entre otras cosas, que el ladrón nunca disparó, sino que mostró un arma de fogueo.

Vea también: Fiscal se enfrentó a tiros con un delincuente en Medellín

La Corte Suprema estableció que no importa que se trate de un arma de fogueo, la persona amenazada con un arma puede reaccionar en legítima defensa. “Basta la inminencia y en este evento con el solo hecho de esgrimir el arma ya se estaba ante la agresión y a la vez era inminente que esta se concretara materialmente”.

Para el abogado Mauricio Rodríguez, el fallo de la Corte genera un precedente que va encaminado a proteger el derecho de defensa de los ciudadanos. “Cuando una persona apunta a otra con un arma, la otra persona queda habilitada para reaccionar y defenderse”.

Fiscalía, Procuraduría, defensa del Fiscal y ahora la Corte, creen que apuntar con un arma de fuego, así sea de fogueo, puede traer unas consecuencias generadas por la reacción de la víctima.

Germán Duque / NoticiasRCN.com

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