Esta es la multa que tendría que pagar por usar apps de movilidad con nueva reforma

Lo que sería una nueva ley del Ministerio de Transporte, generaría que quienes trabajen con apps de movilidad y las usen estén sujetos a pagar multas.


Aplicaciones de transporte en Colombia
Foto: Unplash

Noticias RCN

enero 30 de 2023
06:51 p. m.
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Son muchas las ocasiones en la que los ciudadanos optamos por usar una aplicación de transporte, que con el tiempo, se han convertido en un gran apoyo al momento de movilizarnos de un lado a otro. 

Este lunes 30 de enero, los colombianos conocieron el borrador de un proyecto de ley que sería presentado por el Ministerio de Transporte, y que busca, específicamente, regular el uso de plataformas de movilidad en el país como: Didi, Uber, InDriver, entre otras

Lo que más preocupa, es que además de imponer sanciones a quienes trabajan con este tipo de aplicaciones, también podría figurar la opción de poner multas a los usuarios o pasajeros que hagan uso de estas plataformas tecnológicas. 

Si el proyecto es realidad, la Superintendencia de Transporte, bloqueará los servicios de movilidad que son ofrecidos a través de este tipo de plataformas de la cual se benefician alrededor de 100.000 mil familias. 

En el borrador del proyecto se detalla cómo se desconectarían “medios de comercio electrónico o plataformas tecnológicas que ofrezcan servicios en el sector transporte o que de cualquier manera, directa o indirectamente contribuyan, permitan o faciliten satisfacer necesidades de movilización en vehículos particulares, que no cuenten con la autorización de la autoridad de transporte competente cuando se requiera”. 

Lea, también: Proyecto de la Superintendencia de transporte buscaría sancionar a las plataformas de movilidad

Adicionalmente, explica que el monto de la multa a los propietarios del comercio electrónico o la plataforma tecnológica se graduará “atendiendo al impacto de la infracción sobre el funcionamiento del servicio legalmente autorizado, estimado en función de la dimensión de la operación del infractor. Si el infractor no proporciona información suficiente para determinar el monto, se estimará en función del ingreso promedio de una empresa de transporte público en la jurisdicción y/o con base en los estudios estadísticos”. 

Asimismo, las autoridades podrán ordenar la retención o inmovilización de los equipos de transporte cuando se compruebe que “esteno cumple con las condiciones de homologación establecidas por la autoridad competente, en este caso se ordenará la adecuación correspondiente o la cancelación de la matrícula o registro cuando la adecuación sea improcedente legal o técnicamente”. 

También, cuando se trate de equipos cuyo permiso de operación o matrícula esté suspendido o cancelado. El borrador resalta que en alguno de estos casos el vehículo será inmovilizado por 30 días la primera vez, por segunda vez en un total de 60 días y en las próximas ocasiones por 90 días. 

Si bien las anteriores sanciones son para quienes trabajen por medio de estas plataformas. La pregunta ahora es, ¿qué ocurrirá con los colombianos que se movilizan todos los días usando este tipo de aplicaciones?.

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El borrador puntualiza que deberán pagarse multas de más de $10 millones de pesos. “Serán sancionadas con multas de doscientos cincuenta (250) Unidades de Valor Tributario los contratantes del servicio que incurran en infracciones como: contratar el suministro del servicio de transporte con personas naturales o jurídicas autorizadas. La sanción será impuesta por cada vehículo usado en los servicios contratados”. 

En este orden de ideas, ¿de dónde salen los 10 millones de pesos?. saquemos lápiz y papel. Actualmente la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, (Dian), fijó el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) aplicable para 2023 en $42.412. Entonces multiplicamos los 250 UVT que dice el borrador por los $42.412 pesos y nos da la suma de los $10.000.000

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