¡Pilas! Estos son los nuevos requisitos que deben cumplir los paseadores de perros
Los nuevos requisitos buscan regular los servicios de cuidado y bienestar para los animales.
Noticias RCN
09:04 a. m.
Con la aprobación de la ley Kiara se busca establecer condiciones que deben cumplir quienes ofrecen servicios de cuidado para animales de compañía, tales como guarderías, hoteles, centros de educación, adiestramiento, peluquerías, grooming, spa, paseadores de perros y servicios similares.
Por esto, es importante que las personas que se dedican a este tipo de actividades conozcan los nuevos requisitos que deben cumplir para garantizar el bienestar de las mascotas y salvaguardar el vínculo entre las personas y sus animales de compañía.
Requisitos para los paseadores de perros en Colombia
Las personas naturales o jurídicas que presten el servicio de paseo de perros o similares deben asegurar estar capacitados, formal o informalmente, al estar certificados en primeros auxilios para perros y no tener sanciones administrativas o penales por maltrato animal.
El prestador del servicio tendrá que hacer una valoración comportamental de los animales para determinar aspectos que puedan incidir en la ejecución del servicio. También, los animales deben tener certificado médico veterinario, con vigencia máxima de seis meses, por lo que este deberá ser entregado por el usuario al prestador del servicio.
Los animales deben contar con sistema de identificación mientras se encuentran bajo la custodia del paseador. Algunos de estos son collar marcado con información, placa o microchip. Así mismo, el paseador debe contar con el lector de microchips.
Las rutas establecidas para el paseo deben contemplar diferentes características individuales de cada animal como edad, peso, tamaño, valoración comportamental y certificado de salud.
¿Cuántos animales debe llevar cada paseador?
Los paseadores no podrán llevar más de ocho perros y no podrá prestarse el servicio a las hembras que se encuentran en celo. De igual manera, durante el servicio, los animales no podrán llevar puestos collares de ahogo, eléctricos u otro elemento que les cause lesiones o ponga en riesgo la salud de estos.
Finalmente, los paseadores tendrán que mantener a los animales con traílla puesta en zonas públicas y comunes con bozal, según los requerimientos legales como perros de manejo especial y otras condiciones particulares de cada uno. Estos podrán ser soltados en áreas seguras y cercadas para evitar extravíos.

