Así funcionará el pico y placa en Bogotá durante febrero: vea el calendario
La restricción para vehículos particulares seguirá operando de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m.

Noticias RCN
01:42 p. m.
La Secretaría de Movilidad de Bogotá confirmó el esquema de pico y placa que estará vigente para los vehículos particulares durante el mes de febrero.
La medida continuará funcionando bajo las mismas reglas establecidas en meses anteriores, restringiendo la circulación en días hábiles de acuerdo con el último dígito de la placa del automóvil.
¿Cómo funcionará el pico y placa en Bogotá durante febrero?
La restricción aplicará de lunes a viernes, entre las 6:00 a.m. y las 9:00 p. m..
Durante este periodo, los vehículos particulares podrán transitar de la siguiente manera:
- Días impares: solo podrán circular automóviles con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Días pares: solo podrán transitar los vehículos cuyas placas finalicen en 6, 7, 8, 9 y 0.
Los fines de semana y festivos no habrá restricciones para el tránsito de automotores particulares.
Día sin carro y sin moto en Bogotá
Otro de los eventos clave en el mes será el Día sin carro y sin moto, programado para el jueves 6 de febrero. En esta jornada, la circulación de vehículos particulares y motocicletas estará prohibida en toda la ciudad durante el horario establecido por la Alcaldía.
Calendario del pico y placa en Bogotá durante febrero
Semana del 1 al 9 de febrero:
- Sábado 1: No aplica.
- Domingo 2: no aplica.
- Lunes 3: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Martes 4: pueden circular placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Miércoles 5: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Jueves 6: Día sin Carro y sin Moto (No circulan vehículos particulares ni motocicletas).
- Viernes 7: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Sábado 8: no aplica.
- Domingo 9: no aplica.
Semana del 10 al 16 de febrero
- Lunes 10: pueden circular placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Martes 11: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Miércoles 12: pueden circular placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Jueves 13: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Viernes 14: pueden circular placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Sábado 15: no aplica.
- Domingo 16: no aplica.
Semana del 17 al 23 de febrero:
- Lunes 17: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Martes 18: pueden circular placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Miércoles 19: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Jueves 20: pueden circular placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
• Viernes 21: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5. - Sábado 22: no aplica.
- Domingo 23: No aplica.
Semana del 24 al 28 de febrero
- Lunes 24: pueden circular placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Martes 25: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Miércoles 26: pueden circular placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Jueves 27: pueden circular placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Viernes 28: pueden circular placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
¿Qué pasa si un vehículo transita en un día restringido?
Los conductores que incumplan la norma se exponen a una sanción económica impuesta por las autoridades de tránsito. Además, el vehículo podría ser inmovilizado y trasladado a patios, lo que generaría costos adicionales por concepto de grúa y parqueadero.