Edad que los padres pueden dejar de subsidiar a los hijos y solicitar el desalojo de vivienda: ley es clara

Conozca cómo hacerlo legalmente y en qué casos no aplica.


Noticias RCN

marzo 09 de 2026
01:07 p. m.
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Durante los últimos años, la legislación colombiana ha tenido que ser enfática al delimitar las obligaciones de los padres. Aunque la cultura nacional tiende a la protección extendida del núcleo familiar, la ley es clara: la obligación de mantener a los hijos y permitirles la estancia en el hogar tiene un límite temporal y condicional.

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Según el Código Civil y la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia), la patria potestad y la obligación alimentaria plena cesan cuando el hijo alcanza la mayoría de edad (18 años). Sin embargo, la jurisprudencia de la Corte Constitucional ha establecido una "zona de transición" basada en el principio de solidaridad.

Casos en los que padres están obligados a mantener a sus hijos

Los padres están obligados a seguir subsidiando a sus hijos hasta los 25 años únicamente si se cumplen dos requisitos concurrentes:

  1. Carga académica: El hijo debe estar cursando estudios de manera continua y con un rendimiento aceptable (técnicos, tecnológicos o universitarios).
  2. Dependencia económica: Debe demostrarse que el joven no tiene medios propios para subsistir y que el apoyo de sus padres es indispensable para terminar su formación.

Una vez el hijo cumple 25 años, o si siendo mayor de 18 no estudia ni presenta una discapacidad física o mental que le impida trabajar, la obligación legal de los padres se extingue.

El proceso legal para el desalojo

Cuando la convivencia se vuelve insostenible o el hijo mayor de edad se niega a abandonar el predio pese a no tener derecho legal de permanencia, los padres pueden acudir a las autoridades. No se trata de un acto arbitrario, sino de un proceso de restitución de inmueble.

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Si el hijo genera conflictos que afectan la tranquilidad o integridad de los padres, se puede interponer una querella ante la Inspección de Policía por perturbación a la posesión

En casos extremos donde el hijo permanece contra la voluntad expresa de los dueños y existen actos de violencia, podrían derivarse consecuencias penales.

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