Así deberán actualizar su RUT los pensionados en Colombia

La pregunta más frecuente es si todos las personas pensionadas deben actualizar el Registro Único Tributario (RUT), la respuesta es No.


Noticias RCN

enero 28 de 2021
10:29 a. m.
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El Registro Único Tributario (RUT), expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian),deberá actualizarse antes del 30 de junio de este año. La medida de la Dian obedece a que algunas actividades económicas desaparecen, otras se reemplazan, y algunas se reclasifican.

Los pensionados están incluidos entre las personas naturales que deben actualizar su actividad económica, pero ¿todos deberán hacerlo? La respuesta es No. Deben hacerlo quienes reciban recursos de pensión por jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y riesgos laborales.

Vea además: De esta manera funciona el RUT virtual implementado por la Dian

También quienes reciban recursos de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o de devoluciones de saldos de ahorro pensional.

¿Y qué es lo que deben cambiar? el código de actividad que ahora es el '0020 Pensionados', también deben inscribir la fecha de inicio de dicha condición

Si usted es pensionado y cumple con los requisitos para declarar renta deben inscribirse en el RUT y actualizar el código, pero si no tiene obligaciones con la Dian no es necesario hacerlo.

ABC de la actualización del RUT

¿Todos los pensionados del país deben actualizar el RUT? 

No. Solamente deben actualizar el cambio de código de actividad los pensionados inscritos en el RUT. El nuevo código de actividad que deben tener ahora es el '0020 Pensionados' y deben inscribir la fecha de inicio de dicha condición.

Esta actualización aplica para las personas naturales que reciben ingresos provenientes de una pensión de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales, así como de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o de devoluciones de saldos de ahorro pensional. 

¿Entre todos los pensionados que tienen RUT solo deben hacer la actualización los que declaran renta? 

No. Todas las personas naturales que tengan ingresos provenientes de una pensión, bien sea de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales, así como de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o de devoluciones de saldos de ahorro pensional, que se encuentran inscritos en el RUT, deben actualizarlo incluyendo la actividad económica '0020 Pensionados', independientemente de que se encuentren obligados a declarar renta o no.

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¿Si soy pensionado pero no tengo RUT, debo inscribirme ante la Dian con la nueva actividad económica? 

Si es pensionado y de acuerdo con su realidad económica cumple requisitos para ser Declarante de Renta o debe estar inscrito en el RUT por otra razón, deberá informar la actividad económica '0020 Pensionado'. Si no debe cumplir ninguna obligación ante la Dian, no es necesario inscribirse en el RUT. 

Soy pensionado y mi tope de ingresos no supera el monto para declarar renta, pero mi patrimonio sí lo excede. ¿Qué debo hacer? 

Si es pensionado y de acuerdo con su realidad económica cumple requisitos para ser declarante de renta por patrimonio, debe estar inscrito en el RUT ante la Dian con la actividad económica '0020 Pensionado.

¿Si soy pensionado y adicionalmente reporto otros ingresos debo hacer la actualización del RUT con la nueva actividad económica? 

Sí. Los contribuyentes pensionados con otras actividades económicas tienen la obligación de informarlas a través del RUT, incluyendo su fecha de inicio y dependiendo de cuáles les generen mayores ingresos. En el fomulario del RUT hay 4 campos para que pueda registrar su actividad económica principal y fecha de inicio, actividad económica secundaria y fecha de inicio. También hay dos casillas adicionales para reportar dos códigos más, según los ingresos que perciba como contribuyente.

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Si soy pensionado y también asalariado, pero como asalariado tengo mayores ingresos, ¿qué actividad económica principal debo reportar? ¿Debo cambiarla? 

Debe actualizar el RUT con la actividad principal, que tiene el código '0010 Asalariado' y como secundaria, el código '0020 Pensionado'.

Si soy pensionado y estoy inscrito en el RUT, pero tengo otra actividad económica y no declaro renta, ¿debo informar la actividad de pensionado?

Sí. Debe informar la actividad de pensionado en su RUT y es obligación mantenerlo actualizado, sea o no declarante de renta. Dentro de las obligaciones ante la Dian, debe informar a través del RUT sobre las actividades económicas y su fecha de inicio, dependiendo de cuál le genere mayores ingresos.

¿Por qué la DIAN no hace la actualización automática a todos los pensionados?

Se están adelantado actualizaciones automáticas. Sin embargo, actualmente la DIAN no puede discriminar las actividades de pensionado y asalariado porque comparten el mismo código, el 0010. Así que, en muchos casos, no se puede saber si un contribuyente es pensionado, además de asalariado, cuando la persona no presenta declaración de renta. Por ello, reiteramos la invitación a autogestionar la actualización del RUT.

Lidis Ribón Aislant -NoticiasRCN.com

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