Estos son los carros y motos que no pagarán impuesto vehicular en 2026
El Gobierno confirmó qué carros y motos estarán exentos del impuesto vehicular en 2026. Conozca la lista completa y quiénes sí deberán pagar este tributo.
Noticias RCN
06:58 p. m.
Con el inicio de un nuevo año, miles de colombianos comienzan a organizar sus finanzas para cumplir con una de las obligaciones más comunes para quienes tienen vehículo: el impuesto vehicular.
Sin embargo, para 2026, al igual que en años anteriores, un grupo importante de carros y motos no deberá pagar este tributo.
De acuerdo con la información publicada por el Ministerio de Transporte, ya quedó definida la base gravable que regirá el impuesto sobre vehículos para la vigencia fiscal de 2026.
Este documento establece no solo los valores de referencia para calcular el impuesto, sino también las excepciones que alivian el bolsillo de ciertos propietarios.
¿Cómo se calcula el impuesto vehicular en 2026?
Para quienes sí deben pagar, el impuesto vehicular se calcula con base en el avalúo comercial del automotor, determinado por el Gobierno Nacional. Según la normativa vigente, estos valores no pueden superar el incremento del Índice de Precios al Consumidor (IPC), que para este periodo fue fijado en 5,38 %.
Las tarifas aplicables para 2026 quedaron establecidas así:
- Vehículos con avalúo hasta $57.349.000: 1,5 %
- Vehículos con avalúo entre $57.349.000 y $129.032.000: 2,5 %
- Vehículos con avalúo superior a $129.032.000: 3,5 %.
Existen condiciones especiales. Por ejemplo, los vehículos matriculados en San Andrés, Providencia y Santa Catalina solo pagan sobre el 45 % de la base gravable, mientras que en las zonas de frontera el beneficio es del 50 %. Entre tanto, los carros con blindaje deben asumir un recargo adicional del 10 %.
Carros y motos que no pagarán impuesto en 2026
No todos los automotores están obligados a cumplir con este pago. La ley contempla una serie de exenciones que se mantienen para 2026 y que benefician a miles de ciudadanos.
- Bicicletas, motonetas y motocicletas con motor de hasta 125 cc.
- Motocarros, cuatrimotos, tricimotos y mototriciclos de hasta 125 cc.
- Tractores agrícolas, trilladoras y maquinaria para labores del campo.
- Maquinaria pesada usada en construcción de vías, como motoniveladoras y compactadoras.
- Vehículos y equipos industriales que no circulan por vías públicas.
- Vehículos de transporte público de pasajeros y de carga.
La exención para motos de hasta 125 cc es una de las más relevantes, ya que este tipo de vehículo es clave para la movilidad diaria de trabajadores y familias en Colombia. Para 2026, este segmento quedó por fuera de las tablas de recaudo, lo que representa un alivio económico importante.


