Estas son las únicas cédulas que deben declarar renta este mes: verifique con sus dos últimos digitos

Conozca las personas que deben cumplir con este trámite en el mes de octubre.


Inscripcion de cedulas - Archivo Noticias RCN

Mateo Alfonso Rey

octubre 02 de 2026
06:09 p. m.
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) recuerda a todos los contribuyentes en Colombia que el calendario tributario para la declaración de renta de personas naturales correspondiente al año gravable 2025 avanza hacia sus fechas definitivas.

Durante este mes, miles de ciudadanos deben cumplir con esta obligación fiscal antes de que venzan los plazos establecidos por la entidad.

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Conocer las fechas exactas y los topes monetarios es fundamental para evitar multas por extemporaneidad. A continuación, detallamos las cédulas convocadas, los requisitos clave y cómo consultar la información oficial de forma segura.

¿Qué cédulas deben declarar renta este mes?

El proceso tributario está organizado de manera rigurosa según los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) o de la cédula de ciudadanía (sin incluir el dígito de verificación).

Durante octubre, los plazos están dirigidos a los bloques finales del calendario de vencimientos de la DIAN:

  • Primeras semanas del mes: Cédulas finalizadas en dígitos intermedios altos (como 67, 68, 69, 70 y sucesivos).
  • Recta final del mes: El calendario concluye el 26 de octubre, fecha límite improrrogable para las cédulas terminadas en los dígitos 99 y 00.

Se recomienda a la ciudadanía ingresar directamente al portal web oficial de la DIAN para verificar el día exacto asignado a su combinación numérica y evitar bloqueos en la plataforma electrónica de la entidad debido a congestiones de última hora.

Topes y requisitos para saber si está obligado a declarar

No todas las personas naturales deben cumplir con este requisito. La obligación de presentar la declaración de renta recae exclusivamente sobre aquellos contribuyentes que durante el año fiscal 2025 superaron alguno de los siguientes umbrales económicos fijados por ley:

  • Patrimonio bruto: Tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT al 31 de diciembre del año gravable (equivalente a 224.096.000 pesos).
  • Ingresos totales: Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT (69.719.000 pesos).
  • Consumos y tarjetas: Realizar consumos mediante tarjetas de crédito, compras acumuladas o consignaciones bancarias que superen el límite de los 69.719.000 pesos.
  • Responsabilidad fiscal: Figurar como responsables del Impuesto sobre las Ventas (IVA) al cierre del período fiscal.
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