Casos en los que Colpensiones y fondos privados están obligados a recalcular la pensión de un ciudadano

Conozca las situaciones en las que estos fondos deben realizar este trámite.


Foto: Google Maps

Noticias RCN

marzo 10 de 2026
08:12 a. m.
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En el sistema pensional colombiano, obtener la resolución que reconoce la jubilación no siempre es el final del camino. Un número creciente de ciudadanos descubre, meses o años después, que el monto de su mesada no corresponde a la realidad de su vida laboral.

Ante este escenario, la reliquidación pensional se ha consolidado como el mecanismo legal para exigir que Colpensiones y los fondos privados (AFP) recalculen los valores basándose en información veraz y jurisprudencia reciente de las altas cortes.

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Existen causales específicas, respaldadas por la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia, que obligan a las administradoras a reabrir los expedientes y ajustar los pagos de forma retroactiva.

Casos donde deben recalcularse su pago de pensión en fondos

El motivo más frecuente es tener inconsistencias y vacios en el historial laboral. Muchas pensiones se liquidan omitiendo semanas efectivamente trabajadas debido a errores administrativos o mora patronal. Según la Sentencia T-043 de 2025, las administradoras no pueden trasladar al trabajador las consecuencias del incumplimiento del empleador.

Si un ciudadano demuestra que laboró periodos que no aparecen en su reporte, la entidad está obligada a incluir esas semanas y recalcular la tasa de reemplazo, la cual aumenta un 1.5% por cada 50 semanas adicionales a las mínimas requeridas.

Otro de los casos es el siguiente: Es común que los fondos omitan bonificaciones habituales, horas extras, recargos nocturnos o primas técnicas que fueron base de cotización. Si estos rubros no se promediaron correctamente en los últimos 10 años (o en toda la vida laboral, según lo más favorable), el pensionado tiene derecho a una reliquidación para que su mesada refleje su capacidad adquisitiva real.

Por otro lado aparece la figura de retroactivo. Cuando prospera una reliquidación, el ciudadano no solo recibe el aumento hacia el futuro, sino también el retroactivo pensional: la diferencia de dinero que dejó de percibir desde que se pensionó.

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No obstante, es vital actuar a tiempo, ya que en Colombia opera la prescripción trienal; esto significa que solo se pueden reclamar las diferencias de los últimos tres años contados a partir de la solicitud, a menos que se interrumpa el término mediante una reclamación formal.

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