¿Cuándo se puede solicitar la pensión por invalidez en Colpensiones?
En Colombia hay distintos tipos de prestaciones económicas: pensión de vejez, de sobrevivencia, familiar y por invalidez.
Noticias RCN
08:21 p. m.
La pensión por invalidez en Colombia es una prestación económica que se obtiene cuando una persona sufre un accidente que le impide continuar con sus labores. Este ingreso consiste en una renta mensual y es entregado a quienes sean diagnosticados como personas inválidas por una enfermedad de origen común, es decir, que no se haya originado en el espacio de trabajo.
En el caso de Colpensiones, la pensión por invalidez tiene una serie de requerimientos para ser aprobada; todos y cada uno de estos documentos deben en el fondo para comenzar el trámite.
Para que un trabajador pueda asegurar su mesada por invalidez debe haber perdido el 50% o más de su capacidad laboral. Este diagnóstico es evaluado y discutido por Junta Regional de Calificación y/o Junta Nacional de Calificación, quienes tienen la tarea de determinar si el caso está dentro de los parámetros para solicitar una pensión por invalidez.
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Cómo se aplica la pensión por invalidez
Por enfermedad o accidente que no tenga una causa laboral:
- Se requieren 26 semanas cotizadas en el año anterior (si se es menor de 20 años)
- Si es una persona mayor de 20 años: cotización de 50 semanas dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración
- Si el afiliado ha cotizado el 75% de las semanas para acceder a la pensión de vejez, solo se requerirá que haya cotizado 25 semanas en los últimos tres años
- Si tiene una cotización menor a los 10 años y se reconoció la pensión por invalidez, la base de liquidación será el promedio de los salarios de esos 10 años
- Este pago se actualiza anualmente con base en la variación del dato de inflación que certifique el Dane
Esta pensión aplica para todos los fondos, sean privados o públicos y el valor del ingreso se determina dependiendo del porcentaje de pérdida en la capacidad laboral y también del número de semanas cotizadas por el beneficiario.
Es importante mencionar que este tipo de pensión es diferente a la de vejez y la de sobrevivencia. La primera es un ingreso que se adquiere por el trabajo y las cotizaciones en la vida laboral, y tiene unas especificaciones particulares: 1.300 semanas cotizadas y 57 años en mujeres y 63 en hombres. Por su parte, la pensión de sobrevivencia es la que reconoce a los beneficiarios de un afiliado que ha fallecido, para brindarles una mesada pensional.