Contrato a término fijo: así deben pagarle sus vacaciones y su prima de servicios

En caso de no haber laborado todo el año 2023 le contamos cómo puede calcular lo que le debe llegar de prima a final de año.


Prima en contrato fijo
Foto: Pixabay

Noticias RCN

octubre 30 de 2023
07:01 a. m.
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Actualmente, el mercado laboral en Colombia presenta variaciones con respecto al tipo de contrato que se firma a la hora de alcanzar un acuerdo de trabajo. Es importante tener claridad en las condiciones, beneficios y términos de cada contrato laboral para saber que cobija o no la ley.

Contratos a término fijo: ¿Cómo funciona y qué derechos tiene?

Los contratos de duración a término fijo se caracterizan por tener una fecha de inicio y finalización no mayor a 3 años, según el Ministerio de Trabajo “se podrá renovar indefinidamente cuando el período de vigencia sea mayor a un año o cuando sea menor pero haya sido prorrogado un máximo de tres (3) veces”.

Si el contrato se celebra a un termino inferior a un año, el empleado tiene derecho a recibir pago de vacaciones y prima de servicios calculada sobre el tiempo laborado, el periodo de prueba no podrá superar el equivalente a la quinta parte del tiempo acordado inicialmente. Este contrato podrá ser renovado hasta tres veces con el mismo o menos tiempo acordado en el primer contrato. Lo anterior quiere decir que, si el primer contrato se firmó por seis meses, se puede renovar hasta tres veces más con un periodo de seis meses o menos y luego ampliar a un contrato de mayor tiempo.

Si el contrato se celebra de uno a tres años, el trabajador tendrá beneficios en salud, pensión, cesantías, intereses de cesantías, dotación y prima de servicios. Si una de las dos partes desea terminar el contrato deberá notificar a la otra parte con un previo aviso de 30 días, de lo contrario se pude entender como una renovación automática del mismo.

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Vacaciones y prima en un contrato a término fijo  

El artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo establece que los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un año tienen derecho a quince 15 días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas. En este apartado del artículo se establece que: “En los contratos de duración inferior a un año, los trabajadores tienen derecho a pago de vacaciones y bonificación de servicios proporcional al período de servicio, cualquiera que sea su cuantía”.

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Cabe resaltar que el beneficio de la prima de servicios es una retribución económica del empleador con cada trabajador que cuente este tipo de contrato, este rubro se establece en un salario mensual por cada año trabajado y se entrega en dos pagos semestrales. Así entonces, si el empleado no laboró todo el año, para final del 2023 recibirá el pago proporcional al tiempo que lleva en la empresa, es decir, si con corte a diciembre ha trabajado cuatro meses se le debe pagar un 33% del salario mensual como prima. Es importante señalar que los empleadores deben pagar primas de servicio y vacaciones dentro de los plazos establecidos por la ley. 

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