Deudores morosos en el país tendrán alivio por parte de la DIAN: fecha límite para realizar el trámite
Conozca de qué trata este beneficio.
Mateo Alfonso Rey
07:03 a. m.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha anunciado una nueva y crucial oportunidad para los ciudadanos y las empresas que se encuentran en situación de morosidad fiscal en el país.
La entidad puso en marcha un programa especial de alivios tributarios que contempla reducciones de hasta el 85 % en sanciones y una tasa de interés preferencial, en el marco de lo dispuesto por el Decreto 1419 de 2026. El plazo improrrogable para que los ciudadanos se acojan a esta medida vence el próximo 19 de noviembre de 2026.
Estos son los ciudadanos que podrán acceder a este beneficio
De acuerdo con las cifras reveladas por la autoridad tributaria, la iniciativa está diseñada estratégicamente para beneficiar a cerca de 198.000 contribuyentes en todo el territorio nacional que registran obligaciones pendientes de pago con el Estado.
Se estima que la cartera morosa acumulada por este grupo poblacional asciende a la cuantiosa cifra de 22,9 billones de pesos, recursos vitales que el Gobierno busca recuperar e incorporar al erario público mediante este incentivo al cumplimiento voluntario.
Para poder acceder a los beneficios estipulados, las obligaciones de carácter tributario, aduanero o cambiario administradas por la DIAN debían encontrarse en mora a corte del 10 de agosto de 2026. Como condición indispensable, el contribuyente interesado debe realizar el pago total del 100 % de la obligación principal a más tardar en la fecha límite establecida de noviembre.
- Reducción del 85 % en sanciones: Un descuento directo y significativo sobre las penalizaciones acumuladas por el retraso en las declaraciones y pagos.
- Tasa de interés especial del 4,5 % anual: Una tasa considerablemente inferior a las ordinarias del mercado financiero, aplicable a aquellas obligaciones anteriores al 10 de agosto de 2026.
- Corrección de declaraciones: Oportunidad para que los obligados corrijan sus declaraciones tributarias pendientes sin incurrir en intereses moratorios punitivos adicionales.
- Conciliaciones judiciales: Posibilidad de conciliar procesos tributarios, aduaneros y cambiarios que actualmente se encuentren en litigio ante tribunales y despachos, logrando reducciones equivalentes de hasta el 85 % en sanciones e intereses.

