Prescripción de deudas en Colombia: los documentos que necesita para acogerse en 2025
En Colombia, la ley contempla la prescripción como una vía para que ciertas obligaciones pierdan su validez legal si el acreedor no las reclama dentro de los tiempos establecidos.
Noticias RCN
07:45 a. m.
Millones de colombianos cargan con deudas, pero muchos desconocen que algunas de esas obligaciones podrían desaparecer legalmente gracias a la figura de la prescripción.
Este mecanismo, contemplado en la legislación nacional, permite que un pasivo pierda su exigibilidad si el acreedor no toma acciones de cobro dentro de un plazo específico.
¿Qué plazos rigen la prescripción de las deudas en Colombia y cómo se calcula este tiempo?
El Código Civil colombiano es claro al establecer los límites para reclamar una deuda. Para las acciones ejecutivas, es decir, aquellas respaldadas por documentos que permiten exigir el pago de inmediato (como pagarés o letras de cambio), el plazo de prescripción es de cinco años.
Por otro lado, las acciones ordinarias, que no cuentan con un documento de este tipo, tienen un período de diez años para prescribir.
Por tal motivo, si el acreedor no inicia un proceso legal dentro de estos plazos, pierde su derecho a reclamar el pago.
Para deudas con títulos valores (letras de cambio, pagarés, facturas), el plazo es aún más corto: tres años, según el Código de Comercio.
El conteo de este tiempo siempre comienza desde la fecha en que la deuda se hizo exigible o, en el caso de títulos valores, desde la fecha de vencimiento.
¿Qué documentos son indispensables para que un deudor pueda solicitar la prescripción de una obligación financiera?
Para demostrar que una deuda ha prescrito, el deudor debe recopilar y presentar pruebas de que el tiempo legal para el reclamo ha transcurrido sin que el acreedor haya actuado. Los documentos clave incluyen:
- El contrato original que dio origen a la deuda, especificando la obligación de pago y la fecha de vencimiento.
- Recibos de pago o cualquier constancia que demuestre la fecha del último abono realizado a la deuda.
- Documentación de procesos judiciales previos, si los hubo, incluyendo copias de la demanda, resoluciones o sentencias relacionadas con la obligación.
Una vez que el deudor cuenta con esta información, el siguiente paso es enviar una solicitud formal al acreedor o entidad financiera, pidiendo el reconocimiento de la prescripción.
Si la respuesta es nula o negativa, el deudor tiene la opción de presentar una demanda ante un juez para que sea este quien declare la extinción de la obligación por prescripción.
Es fundamental recordar que la prescripción no ocurre de forma automática; el deudor debe alegarla expresamente en un proceso judicial si el acreedor intenta cobrar una deuda ya vencida. Este proceso judicial es el mecanismo legal para que la deuda quede anulada para todos sus efectos.
Es común que, a pesar de la prescripción, algunas empresas de cobranza intenten presionar a los deudores para que firmen nuevos acuerdos o pagarés, pero si acepta reinicia los plazos legales y reactiva la deuda.
En estos casos, si el deudor no desea pagar, puede simplemente ignorar los cobros y esperar una acción judicial, donde podrá alegar la prescripción como su defensa.
Por otro lado, los acreedores que buscan evitar que sus deudas prescriban tienen dos caminos: iniciar un proceso ejecutivo antes de que se cumpla el plazo, o utilizar títulos valores en blanco con una carta de instrucciones, lo que les permite extender la fecha de vencimiento y, por ende, el plazo de prescripción.


