Empresas de servicios públicos no pueden facturar por promedio: Superservicios

En Noticias RCN, la superintendente de Servicios, Natasha Avendaño, explicó qué deben hacer los usuarios cuando consideran que los servicios tienen un cobro excesivo.


Noticias RCN

mayo 14 de 2020
08:49 a. m.
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En diálogo con el director de Noticias RCN, Juan Lozano, la superintendente de Servicios Públicos se refirió a las quejas que usuarios de todo el país tienen por el alto costo de los recibos en medio de la pandemia por coronavirus.

Varias personas aseguran que aunque sus comercios están cerrados, los servicios siguen llegando con cobros promediados. Ante esto, la superintendente señaló que no está permitido que las empresas hagan este tipo de facturación. 

Ninguna empresa de servicios públicos está autorizada para facturar por promedio como una decisión unilateral de la empresa. La única manera en la que puede llegar a facturar por promedio es que demuestre que efectivamente tuvo imposibilidad de acceder al predio donde está el medidor”, dijo Natasha Avendaño, superintendente de Servicios.

Vea también: Lo que debe saber del plazo para el pago de servicios públicos

Sobre la suspensión reiteró que no está permitido que las empresas corten el servicio por no pago. Explicó las medidas de alivio tomadas por el Gobierno para los estratos.

Estratos 1 y 2: se difiere el pago con tasa cero de interés y hasta por 36 meses

Estratos 4 y 5: se difiere el pago a 24 meses

Estratos 5, 6 y usuarios no residenciales: Antes de la suspensión las empresas deberán ofrecerles líneas de financiación y condiciones de pago. Si el usuario no acepta las alternativas podrán proceder a la desconexión.

Aclaró que el servicio de acueducto y alcantarillado bajo ninguna circunstancia puede proceder al corte.

"Hay un periodo de gracia de dos meses antes de que la empresa pueda cargarle mensualmente en su factura el diferido de 36 meses si es de estrato 1 y 2 o de 24 si es de 3 y 4", añadió Avendaño.

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¿Cómo pueden reclamar los usuarios?

Lo primero es contactar a la empresa de servicios públicos y hacer la reclamación.

Si la empresa no responde durante el tiempo que debe responder o la respuesta no es de fondo o no soluciona la petición, el usuario puede interponer un recurso ante la empresa y un subsidio de apelación a la Superintendencia.

También puede comunicarse con la Superservicios:

Línea gratuita nacional 01800910305

Bogotá 6913006

Plataforma o chat de Te resuelvo

Redes sociales @superservicios

Superservicios.gov.co

Tenga en cuenta que los servicios de telefonía e internet no son vigilados por la Superintendencia de Servicios Públicos, para esas reclamaciones los usuarios deben dirigirse a la Superintendencia de Industria y Comercio.

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