Trabajadores que no tendrán reducción de jornada laboral en el mes de julio este año
La reducción de la jornada laboral a 42 horas semanales a partir del mes mencionado.
Noticias RCN
09:44 p. m.
La cuenta regresiva para la implementación definitiva de la Ley 2101 de 2021 está llegando a su etapa final. A partir del 15 de julio de 2026, Colombia alcanzará la meta de una jornada laboral de 42 horas semanales.
Sin embargo, es fundamental aclarar que esta medida no beneficia a la totalidad de la fuerza laboral del país. Existen grupos específicos que, por la naturaleza de sus funciones o su régimen contractual, no verán cambios en sus horarios.
A continuación, detallamos quiénes son estos trabajadores y por qué quedan excluidos de la reducción.
¿Qué trabajadores no tendrán reducción de jornada laboral en julio?
- Cargos de dirección, confianza y manejo
Este es, quizás, el grupo más representativo fuera de la norma. Los empleados que ocupan puestos de alta jerarquía, como gerentes, directores o administradores, suelen tener una disponibilidad superior a la de un trabajador operativo.
Dado que su rol implica la representación del empleador y la toma de decisiones estratégicas, el Código Sustantivo del Trabajo estipula que no están sujetos a la jornada máxima legal. Por ende, su horario seguirá dependiendo de las necesidades de la organización.
- Trabajadores del servicio doméstico
Aunque los derechos de este sector han avanzado significativamente, la reducción a 42 horas no les aplica de la misma forma que al régimen general. Su jornada se rige por disposiciones especiales y fallos de la Corte Constitucional.
Por ejemplo, los trabajadores internos pueden tener jornadas de hasta 10 horas diarias, mientras que los externos se ajustan a la jornada máxima legal previa, pero bajo parámetros de flexibilidad que la Ley 2101 no modifica directamente para este nicho.
- Personal de vigilancia, labores discontinuas o intermitentes
Aquellos empleados que desempeñan labores de vigilancia privada (que residan en el lugar de trabajo) o actividades que requieren simple presencia o esperas prolongadas, mantienen regulaciones específicas.
En muchos de estos casos, la ley permite jornadas extendidas debido a la naturaleza del servicio de protección y monitoreo, siempre y cuando se respeten los descansos y recargos de ley.
- Menores de edad con autorización para trabajar
La ley protege especialmente a los adolescentes. Para ellos, ya existen límites más estrictos que las 42 horas:
- De 15 a 17 años: Solo pueden trabajar máximo 6 horas diarias (30 a la semana).
- Mayores de 17 años: Máximo 8 horas diarias (40 a la semana). Como sus jornadas ya son inferiores al nuevo tope de 2026, la reducción no les genera un cambio adicional
Servidores Públicos
Es importante recordar que la Ley 2101 de 2021 modifica el Código Sustantivo del Trabajo, el cual rige principalmente para el sector privado.
La mayoría de los servidores públicos se rigen por decretos y normas administrativas propias del Estado, por lo que su jornada laboral (generalmente de 44 horas) no se reduce automáticamente a menos que se emita una normativa específica para ellos.
