Esto debe hacer una trabajadora independiente para recibir pago por licencia de maternidad
Conozca cómo es el proceso para aquellas mujeres que son independientes y que están en este periodo.
Noticias RCN
07:33 a. m.
La licencia de maternidad, un derecho fundamental diseñado para proteger a la madre gestante y al recién nacido, representa un pilar crucial en la protección social de cualquier país. Sin embargo, en Colombia, su acceso para las trabajadoras independientes a menudo se convierte en un laberinto burocrático y económico, generando incertidumbre y, en muchos casos, desprotección.
Mientras las empleadas con contrato laboral fijo cuentan con un camino más claro, las profesionales autónomas, empresarias y freelancers enfrentan requisitos específicos y desafíos que deben sortear para garantizar este vital beneficio.
La legislación colombiana, a través de la Ley 1822 de 2017 y diversas sentencias de la Corte Constitucional, ha avanzado en reconocer el derecho a la licencia de maternidad para las trabajadoras independientes. El objetivo es claro: evitar la discriminación y asegurar que, independientemente de la modalidad de vinculación laboral, las mujeres que dan a luz reciban un apoyo económico que les permita dedicarse al cuidado de sus hijos sin comprometer su sustento.
No obstante, la implementación práctica de esta normativa sigue siendo un punto de fricción para muchas.
Así puede reclamar el pago por licencia de maternidad siendo independiente
Para que una trabajadora independiente pueda acceder al pago de la licencia de maternidad, el requisito fundamental es la cotización continua y completa al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) durante todo el periodo de gestación. Esto significa que la futura madre debe haber realizado aportes ininterrumpidos y oportunos al régimen contributivo de salud durante los nueve meses previos al parto.
La omisión o el retraso en alguna de estas cotizaciones puede ser motivo de negación del beneficio o de un cálculo proporcional desfavorable.
Es crucial entender que no basta con estar afiliada; la clave reside en la regularidad y el monto de los aportes. El valor de la licencia de maternidad se calcula con base en el Ingreso Base de Cotización (IBC) de los doce meses anteriores a la fecha del parto. Por lo tanto, cualquier interrupción o cotización por debajo del salario mínimo legal vigente, a menos que corresponda a periodos justificados de menor actividad económica, podría impactar negativamente el monto final a recibir.
Una vez se acerca la fecha del parto, la trabajadora independiente debe realizar una serie de trámites ante su Entidad Promotora de Salud (EPS). El primer paso es obtener el certificado de incapacidad por maternidad, el cual es expedido por el médico tratante en el momento del alumbramiento. Este documento es la base para la solicitud formal de la licencia.
Estos son los documentos que debe presentar:
- Copia del registro civil de nacimiento del bebé: Este documento oficializa la llegada del recién nacido y es indispensable para la tramitación.
- Copia del documento de identidad de la madre: Para la verificación de la identidad.
- Certificado de incapacidad o licencia de maternidad: Expedido por el médico tratante, donde se especifica la duración de la licencia (actualmente 18 semanas para partos únicos y algunas semanas adicionales para partos múltiples o prematuros extremos).
- Certificación de cotizaciones al SGSSS: Aunque la EPS tiene acceso a esta información, es recomendable que la trabajadora verifique que su historia de aportes sea correcta y completa.
La EPS tiene un plazo establecido por ley para realizar el reconocimiento y pago de la licencia. Sin embargo, en la práctica, los tiempos pueden variar y no son pocos los casos donde las trabajadoras deben insistir para que el proceso se agilice.

