Peatones también reciben comparendos: esta es la multa por ignorar señales de tránsito en Colombia

Aunque los peatones son considerados actores vulnerables, también deben respetar las señales de tránsito o enfrentar sanciones según lo establecido por la ley en Colombia.


Peatones en Bogotá
FOTO: @TransitoBta

Noticias RCN

julio 30 de 2025
04:17 p. m.
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En Colombia, la cultura vial no solo aplica para conductores, ciclistas y motociclistas. Los peatones, aunque considerados los más vulnerables en las vías, también están obligados a cumplir las señales de tránsito. El Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) es claro al respecto: quienes se desplacen a pie deben acatar las normas establecidas o pueden ser objeto de un comparendo.

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El artículo 56 del Código detalla las reglas básicas que deben seguir los peatones: respetar los semáforos, cruzar por las zonas demarcadas, evitar transitar por la calzada vehicular y abstenerse de cruzar de manera imprudente. Estas medidas buscan garantizar una convivencia segura con los demás actores viales, como vehículos y bicicletas.

¿Cuál es la multa para un peatón infractor?

Aunque no es común, los peatones en Colombia pueden recibir una multa si infringen las normas de tránsito. Según el artículo 60 del mismo Código, la sanción equivale a un salario mínimo diario legal vigente. En 2025, esto corresponde a $43.333, una cifra que puede parecer baja, pero que tiene un propósito pedagógico y disuasorio.

Esta infracción puede ser clasificada como comparendo pedagógico o sancionatorio, dependiendo de la gravedad del comportamiento y si hay reincidencia. Aunque no impide la movilidad del infractor, sí puede generar antecedentes si se acumulan otras faltas similares.

Comportamientos de riesgo que pueden generar un comparendo

Muchos ciudadanos desconocen que caminar por la vía, ignorar un semáforo o no usar un puente peatonal puede ser sancionado. Entre los actos más comunes que generan comparendos a peatones están: cruzar en rojo, caminar entre carros, pasar sobre barandas de seguridad o atravesar de forma diagonal en una intersección. Además de infringir la ley, estas conductas representan un serio riesgo para la vida.

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Los comparendos a peatones son impuestos por agentes de tránsito, policías de tránsito o inspectores locales. Si un peatón se niega a identificarse, la autoridad puede trasladarlo a una estación policial. Sin embargo, muchas veces se prioriza la pedagogía sobre la sanción, sobre todo en casos de primera vez.

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