Pensión de Gustavo Petro: ¿Cuánto ganará al mes al terminar su mandato?
Revelan la millonaria cifra que cobrarará de pensión mensual tras dejar el poder. Todos los detalles aquí.
Noticias RCN
03:33 p. m.
A tan solo unas semanas de terminarse su mandato en el país, uno de los temas que despierta mayor atención pública es la asignación económica con la que quedará el hoy presidente Gustavo Petro al concluir su periodo constitucional.
Al igual que sus antecesores en la Casa de Nariño, el presidente Petro se acogerá al régimen especial fijado por la legislación colombiana para los exjefes de Estado, un esquema prestacional que difiere del sistema ordinario de cotización por semanas.
El derecho a la pensión vitalicia de los exmandatarios está fundamentado en normativas históricas como la Ley 48 de 1962, la Ley 53 de 1978 y el Decreto 1833 de 2016. Adicionalmente, jurisprudencia y conceptos del Consejo de Estado han ratificado que esta asignación equivale al 100% de la asignación mensual que devenga un congresista de la República.
Esta será la pensión con la que quedará Petro tras su mandato
Con base en la estructura salarial de los legisladores y los reajustes anuales fijados para las altas dignidades del Estado, se proyectan dos escenarios para la mesada del mandatario:
Si se toma en cuenta únicamente la asignación básica y los gastos de representación equivalentes a la de un congresista, la mesada se situaría en torno a los $34,7 millones de pesos mensuales.
En caso de consolidarse la inclusión de componentes como la prima especial de servicios, la pensión vitalicia podría situarse cercana a los $51 millones de pesos mensuales.
Contraste con la Reforma Pensional
El debate sobre el monto de la jubilación presidencial cobra un tinte político particular dado que durante su mandato se promulgó la reforma al sistema de pensiones en Colombia.
Mientras que la ciudadanía en general cotiza bajo el nuevo modelo pensional —que transita progresivamente hacia un sistema de pilares administrado entre Colpensiones y los fondos privados—, el cargo de Presidente de la República mantiene una protección prestacional especial garantizada por la Constitución y la ley.
Una vez finalice su mandato constitucional y se formalicen los trámites administrativos ante el Departamento Administrativo de la Presidencia (DAPRE) y la entidad pagadora, el mandatario comenzará a percibir de manera vitalicia este beneficio asignado a todos quienes han ocupado la primera magistratura del país.

