Plazos de tránsito para notificar una fotomulta y cómo anularla si no se cumple con los tiempos

Las fotomultas deben notificarse dentro de plazos estrictos establecidos por la ley. Conozca cuántos días tiene tránsito para notificar una infracción.


Fotomulta en Colombia
Foto: Senado

Noticias RCN

noviembre 24 de 2025
02:27 p. m.
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Recibir una fotomulta en Colombia es, para muchos conductores, una sorpresa amarga y pero aún si se junta con navidad y fin de año.

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Aunque estos sistemas —legalmente llamados Sistemas Automáticos, Semiautomáticos y otros Medios Tecnológicos para la Detección de Infracciones (SAST) y regulados por la Ley 1843 de 2017— se utilizan en todo el país, aún existe confusión sobre los tiempos de notificación al infractor.

La validación del comparendo debe hacerse en un plazo máximo de 10 días hábiles

El primer paso ocurre cuando una cámara o sistema automático detecta una presunta infracción. Desde ese momento, la autoridad de tránsito tiene hasta 10 días hábiles para validar la información y determinar si realmente se cometió la falta.

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Este proceso es fundamental, pues es la etapa en la que se revisan las evidencias y se confirma si el comparendo procede.

Una vez la autoridad valida la infracción, empieza a correr un segundo plazo de 3 días hábiles para notificar al conductor. Es decir, la notificación debe llegar dentro de los 13 días hábiles posteriores a la fecha en que ocurrió la infracción, si se toma como referencia el tiempo máximo permitido por la normatividad vigente.

Así e comparendo puede quedar nulo por demora

Tras recibir la notificación, el conductor cuenta con 11 días hábiles para comparecer, ya sea de manera presencial o virtual, y ejercer su derecho de defensa. Este espacio permite presentar pruebas, controvertir la infracción o explicar por qué el comparendo no debería mantenerse.

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Pero el detalle que muchos desconocen es que, si la autoridad no cumple los tiempos establecidos —tanto en la validación como en la notificación—, el ciudadano puede alegar una vulneración al debido proceso.

En estos casos, es posible solicitar la nulidad del comparendo, ya que la sanción habría sido emitida fuera de los plazos definidos por la ley.

Para los conductores, conocer estos tiempos no solo es un acto de prevención, sino también una herramienta para defender sus derechos frente a posibles errores administrativos.

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