¿Prestó dinero sin haber firmado pagaré y no le han pagado? Esto es lo que debe hacer
Existe una vía judicial para reclamar esa deuda incluso con chats como prueba.
Noticias RCN
05:06 p. m.
En el diario vivir, esta escena se vive constantemente: un amigo atraviesa una crisis, un familiar necesita un impulso para un negocio o un conocido solicita un préstamo rápido. Por confianza o cercanía, el dinero se entrega sin que medie un contrato formal o un pagaré firmado. Sin embargo, cuando los plazos vencen y el deudor desaparece o se excusa, surge la angustia: ¿se perdió el dinero por no haber firmado un papel?
La respuesta jurídica es un rotundo no. Aunque el pagaré es el "rey" de los títulos valores por su facilidad de cobro, el sistema judicial ha evolucionado para reconocer que los acuerdos de palabra —respaldados por evidencia digital— tienen validez legal.
Este es el proceso que debe realizar para recuperar su dinero sin haber firmado
Para quienes no cuentan con un documento físico (letra, pagaré o contrato), la legislación civil ofrece una herramienta denominada Proceso Monitorio. Este mecanismo está diseñado específicamente para personas que tienen una deuda "determinada, exigible y de mínima cuantía", pero que carecen de un título ejecutivo claro.
El objetivo de este proceso es que un juez reconozca la existencia de la obligación. Una vez que el juez admite la demanda y el deudor no presenta una defensa válida o simplemente no contesta, la decisión judicial se convierte en una orden de cobro que permite el embargo de bienes, cuentas bancarias y salarios, tal como si existiera un pagaré firmado.
Una de las mayores innovaciones en la jurisprudencia reciente es el valor probatorio de los mensajes de datos. Si usted prestó dinero y tiene conversaciones de WhatsApp, correos electrónicos o mensajes de texto, tiene en sus manos una prueba documental válida.
Para que estos chats sean efectivos en un juicio, deben cumplir ciertos requisitos:
- Reconocimiento de la deuda: El mensaje debe mostrar que el deudor acepta haber recibido el dinero.
- Individualización: Debe ser claro quién es el emisor y quién el receptor.
- Trazabilidad: Se recomienda no borrar las conversaciones y, de ser posible, realizar una exportación del chat o una certificación ante notario para asegurar que el contenido no ha sido alterado.
Incluso los comprobantes de transferencia bancaria o consignaciones, sumados a un mensaje que diga "Ya te envié el dinero que acordamos", forman una cadena de custodia probatoria suficiente para iniciar la reclamación.
Antes de acudir a los juzgados, los expertos recomiendan agotar la vía de la conciliación. Invitar al deudor a un centro de conciliación no solo es un requisito de procedibilidad en muchos casos, sino que, si se llega a un acuerdo y se firma un acta, esa acta sí presta "mérito ejecutivo".
Es decir, si el deudor incumple nuevamente, usted puede pasar directamente al embargo sin necesidad de un juicio largo.

