¿Le deben pagar prima si empezó a trabajar en junio? Esto dice la ley
Esto es lo que debe saber en caso de estar recién contratado.
Noticias RCN
05:16 p. m.
El mes de junio es uno de los periodos más esperados por los trabajadores dependientes en Colombia, ya que vence el plazo legal para el pago de la prima de servicios de la mitad de año.
Sin embargo, surgen frecuentes dudas entre quienes acaban de ingresar a una compañía o firmaron su contrato hace apenas unos días. La pregunta recurrente es: si empecé a trabajar en junio, ¿tengo derecho a recibir este beneficio? La respuesta es un rotundo sí.
De acuerdo con el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), la prima de servicios es un derecho irrenunciable para todo empleado vinculado mediante un contrato laboral formal. La legislación colombiana estipula con claridad que el pago de esta prestación social se realiza de manera proporcional al tiempo laborado durante el respectivo semestre.
Por lo tanto, no existe un tiempo mínimo de permanencia exigido por la ley para acceder a este beneficio económico.
¿Cómo funciona el pago proporcional en junio?
La prima de servicios equivale a un mes de salario por cada año de trabajo, el cual se divide y se paga en dos cuotas: la primera a más tardar el 30 de junio y la segunda dentro de los primeros veinte días de diciembre.
Cuando una persona inicia sus labores en el transcurso del mes de junio, el empleador está obligado a calcular y consignar la fracción correspondiente a los días efectivamente trabajados antes de que termine el mes. Incluso si el trabajador ingresó bajo un periodo de prueba o lleva apenas una semana en su puesto, la empresa debe realizar la correspondiente liquidación.
Para el año 2026, el salario mínimo mensual legal vigente en Colombia se fijó en $1.750.905 pesos, sumado a un auxilio de transporte de $249.095 pesos, lo que establece un Ingreso Base de Liquidación (IBL) de exactamente $2.000.000 de pesos para quienes devengan hasta dos salarios mínimos.
La fórmula matemática para el cálculo
Para determinar con exactitud cuánto debe recibir el empleado que ingresó en junio, se aplica la fórmula estándar establecida por el Ministerio del Trabajo:
- Prima de servicios = Salario mensual + Auxilio de transporte x Días laborados / 360
Por ejemplo, si un trabajador inició su contrato el 1 de junio y trabaja los 30 días correspondientes a ese mes, el cálculo con base en el salario mínimo del año 2026 se realizaría de la siguiente forma:
- Prima de servicios = $2.000.000 x 30 / 360 = 166.666
De esta manera, el empleado que trabajó el mes completo de junio recibirá un pago proporcional de $166.666 pesos por concepto de prima de mitad de año. Si la persona ingresó a mediados de mes, por ejemplo el 16 de junio (acumulando 15 días laborados), su prima proporcional equivaldría a $83.333 pesos.
