DIAN recuerda a contribuyentes colombianos los topes para declarar renta en este 2026
La entidad aclaró todas las dudas a la hora de cumplir con esta obligación tributaria.
Noticias RCN
07:46 a. m.
Con el paso de los meses, poco a poco se va acercando la época en la que los colombianos deben declarar renta en este año 2026. Para ello, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha ratificado los umbrales económicos que obligarán a miles de colombianos a cumplir con ello.
En primera instancia, es fundamental aclarar que la declaración de renta que se presenta en 2026 corresponde a la actividad económica realizada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Por lo tanto, los ciudadanos deben evaluar sus balances basándose en las cifras del año inmediatamente anterior.
Según la normativa vigente, usted estará obligado a declarar renta si cumple con al menos uno de los siguientes requisitos al cierre del periodo fiscal 2025.
Topes máximos para declarar renta en 2026
- Patrimonio Bruto: Si la suma de todos sus bienes (casa, vehículo, ahorros, inversiones) es igual o superior a $224.095.500 (4.500 UVT).
- Ingresos Totales: Si obtuvo ingresos brutos anuales (salarios, arriendos, ventas, etc.) iguales o superiores a $69.718.600 (1.400 UVT).
- Consumos con Tarjeta de Crédito: Si realizó compras con plásticos por un valor total igual o superior a $69.718.600 (1.400 UVT).
- Compras y Consumos Totales: Si el acumulado de sus gastos en el año alcanzó o superó los $69.718.600 (1.400 UVT).
- Consignaciones Bancarias: Si el valor total de sus depósitos, inversiones o consignaciones financieras sumó $69.718.600 (1.400 UVT) o más.
Vale la pena aclarar que el hecho de estar obligado a "declarar" no significa necesariamente que deba "pagar" impuestos. En muchos casos, las retenciones en la fuente aplicadas durante el año cubren el impuesto a cargo, o incluso pueden generar un saldo a favor.
La DIAN ha recordado que el incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones económicas considerables.
Para el año 2026, la sanción mínima por extemporaneidad (presentar la declaración fuera de las fechas establecidas) se ha fijado en $524.000, equivalente a 10 UVT del año 2026 ($52.374).
Los vencimientos para las personas naturales suelen iniciar en el mes de agosto de 2026 y se extienden hasta octubre, organizados según los dos últimos dígitos del NIT (que normalmente coinciden con la cédula de ciudadanía).

