Trabajadores por prestación de servicios en Colombia recibirían nuevo subsidio en 2026
Un proyecto de ley busca ampliar el subsidio a estos trabajadores en el país.
Noticias RCN
07:06 a. m.
En Colombia, el contrato por prestación de servicios ha sido una de las figuras de mayor debate durante los últimos años. Tanto en el sector público como en el privado, miles de profesionales han operado bajo esta modalidad cumpliendo horarios y órdenes, pero asumiendo la totalidad de sus aportes a seguridad social y careciendo de prestaciones como primas, cesantías o vacaciones.
En este 2026, la entrada en vigencia de la Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral) ha empezado a restringir esta figura en sectores críticos. Profesiones como enfermería, medicina general, servicios generales y conductores ya no pueden ser vinculadas bajo prestación de servicios si su labor es misional y permanente.
Ahora bien, en medio de este proceso de formalización para estos trabajadores, ha surgido durante los últimos días una noticia que representa un alivio financiero directo para quienes aún permanecen bajo la modalidad de contratistas. Se trata de un nuevo subsidio familiar que busca cerrar la brecha de bienestar entre empleados dependientes e independientes.
Este sería el nuevo subsidio que tendrían los trabajadores por prestación de servicios
Tradicionalmente, la cuota monetaria (el subsidio mensual por hijos o dependientes) era un beneficio casi exclusivo de los trabajadores con contrato laboral formal. Sin embargo, un nuevo proyecto de ley que toma fuerza este 2026 propone extender este beneficio a los prestadores de servicios que aporten a las Cajas de Compensación Familiar.
El subsidio consiste en una transferencia económica mensual por cada persona a cargo (hijos menores de 18 años, padres mayores de 60 o hermanos huérfanos con discapacidad). Según las proyecciones para este año, este apoyo representaría un alivio significativo en el presupuesto de los hogares de menores ingresos.
Para que un trabajador por prestación de servicios pueda recibir este dinero, deberá cumplir con distintas condiciones. La primera de ellas es que sus honorarios mensuales no deben superar los 4,22 salarios mínimos ($7.388.818 COP aprox., dado que el SMMLV 2026 se fijó en $1.750.905).
Además, al sumar sus ingresos con los de su cónyuge, no pueden exceder los 6,38 salarios mínimos.
Finalmente, el trabajador debe contar con un mínimo de seis meses de afiliación a una caja de compensación y haber realizado los aportes correspondientes sobre el 40% de sus ingresos.

