Empleados en Colombia podrán acceder a dinero extra, si la empresa no cumplió con este requisito
Los empleados en el país podrán acceder a una indemnización robusta si la empresa incumple con este requisio.
Noticias RCN
02:35 p. m.
Existe una creencia peligrosa y errónea en el mundo empresarial: que el periodo de prueba es un tiempo de "pre-empleo" donde las obligaciones legales son más flexibles.
No obstante, la normativa laboral vigente y la jurisprudencia reciente son claras: el periodo de prueba es un contrato de trabajo con todas las de la ley. Si un empleador omite el pago del salario completo, la afiliación a riesgos laborales (ARL) o los aportes a seguridad social, se expone a sanciones que superan con creces el costo de una contratación formal.
Uno de los abusos más comunes es el pago de salarios inferiores al pactado (o al mínimo legal) bajo el pretexto de que el trabajador "está aprendiendo". La ley establece que el trabajador en prueba tiene derecho a percibir el 100% del salario acordado y a todas las prestaciones sociales desde el minuto uno.
Si la empresa no cumple con esto, el trabajador no solo puede exigir el retroactivo de lo dejado de percibir, sino que, en caso de despido, la justicia puede calificar la terminación como inexistente o nula, activando indemnizaciones por falta de pago que crecen día a día (la famosa "sanción moratoria").
Indemnización: El "dinerito extra" por mala fe
Cuando el empleador decide dar por terminado el contrato alegando que el trabajador no superó la prueba, pero se demuestra que no lo tenía afiliado a salud o pensiones, se configura una presunción de mala fe.
- Indemnización por despido injusto: Al no haber cumplido con los requisitos legales de formalización, el periodo de prueba se considera inválido.
- Sanción del artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo: Un día de salario por cada día de retraso en el pago de salarios y prestaciones al momento del retiro.
- Indemnización por falta de aportes: Compensación por la desprotección del sistema de seguridad social.
El periodo de prueba no es una licencia para la informalidad. Es una etapa de evaluación técnica, no de ahorro de costos operativos.
