Internacionalabril 21, 2022hace 2 años

El vaso medio lleno: un fallo con aspectos positivos y adversos para Colombia

La CIJ determinó que el Estado colombiano interfirió con actividades en zona económica exclusiva de Nicaragua.

Fallo Corte Internacional de Justicia litigio Colombia - Nicaragua Foto: archivo

Este jueves, La Corte Internacional de Justicia se pronunció sobre la demanda presentada por Nicaragua contra Colombia por presunta violación de los derechos marítimos en el mar Caribe.

En contexto: Esto fue lo que dijo La Haya sobre litigio entre Colombia y Nicaragua

El tribunal señaló que Colombia violó los derechos marítimos reconocidos a Nicaragua en el fallo de 2012, a través de las acciones de la Armada y el otorgamiento de permisos de pesca en la zona económica exclusiva nicaragüense.

Por otro lado, la Corte reconoció que Colombia puede establecer una zona contigua integral, lo cual no tiene precedente en el derecho internacional; sin embargo, tendrá que adecuar la extensión de esta zona y los poderes que puede ejercer el Estado colombiano en ella, a lo establecido por el derecho internacional consuetudinario.

Lea, además: “Todos somos Colombia”: la reacción de Iván Duque ante fallo de La Haya

Contrademanda derechos históricos de pesca

Con respecto a las contrademandas de Colombia, el tribunal concluyó que la defensa colombiana no logró demostrar la existencia de derechos ancestrales de pesca que se vean afectados por el ejercicio soberano que hace Nicaragua en su zona económica exclusiva.

Asimismo, la CIJ reconoció que declaraciones de Daniel Ortega, presidente nicaragüense, si bien no reconocen la existencia de esos derechos, demuestran la voluntad del Estado para negociar con el fin de garantizar los derechos de las comunidades raizales.

Cabe destacar que la Corte invita a los países a lograr un acuerdo bilateral como la mejor forma para garantizar los derechos, pues el ente reitera el derecho de navegación de los pescadores colombianos en aguas nicaragüenses. 

Contrademanda líneas de base de Nicaragua

Respecto a la otra contrademanda de Colombia, la Corte resolvió que el decreto 33 2013, que establecía las líneas de base de Nicaragua, no cumple con los requisitos en el derecho internacional consuetudinario, pues Nicaragua no tenía derecho a establecer líneas de base recta de la manera cómo lo hizo. En ese sentido, también recordó la Corte que haberlo hecho así desconoce derechos de Colombia.
 

por:Autor Noticias RCN

Noticiasrcn.com

google news
whatsapp channel

El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y condiciones. Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia del usuario a través de su navegación. Si continúas navegando aceptas su uso. Políticas de cookies

Con su manifestación expresa de la aceptación del mensaje de información y autorización que se despliega al inicio de su navegación en el portal, así como con su navegación a través de la misma, RCN asume que usted acepta de previa, expresa e informada el uso de cookies. Sin embargo, la solicitud de aceptación de la presente política se desplegará en la parte inferior o superior del portal y en cada inicio de sesión o navegación con el objeto de que usted tenga un conocimiento claro e informado del presente contenido.