Colombiamayo 25, 2021hace 2 años

¿Qué hacer frente a las molestias de vecinos ruidosos en Colombia?

Si tiene vecinos ruidosos, tanto la Policía como los administradores de los conjuntos residenciales, pueden tomar medidas para evitar conflictos en Colombia.

¿Qué hacer frente a las molestias de vecinos ruidosos en Colombia?Foto: NoticiasRCN.com

Aunque muchas personas han tenido que lidiar con los vecinos ruidosos, en la mayoría de los casos, los ciudadanos no saben cómo actuar ante ese tipo de situaciones, pues desconocen el proceso a seguir y la normalización que regula ese tipo de actos.

Cuando alguien sienta que su tranquilidad está siendo perturbada, lo primero que debe hacer es hablar con sus vecinos, si no es posible llegar a un acuerdo, el afectado deberá acudir al comité de convivencia de su edificio o junta de acción comunal.

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¿Cuándo llamar a la Policía?

Si no logra llegar a un acuerdo, puede llamar a la línea 123 o ir directamente a una estación de Policía para informar lo que ocurre.

En este tipo de situaciones, la Policía será la última instancia, y en caso de ser necesaria, los uniformados no tienen permitido ingresar a las casas abusivamente o a desconectar los equipos de sonido.

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Sin embargo, los uniformados tendrán que dirigirse al lugar para corroborar los hechos, cuando identifiquen el problema harán lo siguiente:

  • Informarle a la persona la infracción que cometió. 
  • El ciudadano podrá defenderse y mostrar pruebas, si las tiene.
  • Si definitivamente se considera que se cometió una infracción, se podrá imponer un comparendo.

¿De cuánto es la multa?

De acuerdo con el Ministerio de Justicia, el comparendo para un vecino ruidoso es de $393.000 e incluso se podría desactivar temporalmente la fuente del ruido si el infractor se niega a desactivarlo.

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¿Qué hacer si lo multaron?

Como todo procedimiento establecido en el Código de Policía, si usted cree que no es merecedor de la multa impuesta por las autoridades, puede apelar la decisión dentro de los tres días siguientes ante el inspector de policía de su jurisdicción.

"El comparendo será trasladado al inspector de policía dentro de las 24 horas siguientes a su imposición y este tendrá tres (3) días hábiles para resolver la apelación, en caso de que se presente", dice el Ministerio de Justicia.

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