Estos son los apellidos colombianos que podrían recibir nacionalidad española: esto debe hacer
Algunos de estos apellidos son muy comunes en suelo nacional.
Noticias RCN
11:32 a. m.
La Ley de Memoria Democrática (Ley 20/2022, de 19 de octubre) es una normativa española que busca profundizar en el reconocimiento, reparación y dignificación de las víctimas de la Guerra Civil española y la dictadura franquista (1936-1978). Sustituye y amplía los objetivos de la anterior Ley de Memoria Histórica de 2007.
Uno de los aspectos más conocidos y con mayor impacto para miles de personas fuera de España es la posibilidad que ofrece la Ley de Memoria Democrática para adquirir la nacionalidad española, por lo que popularmente se le conoce como la "Ley de Nietos".
Esta disposición busca reparar la injusticia histórica que sufrieron muchos españoles que tuvieron que exiliarse y, en consecuencia, sus descendientes perdieron o no pudieron optar a la nacionalidad.
Apellidos colombianos que pueden acceder a nacionalidad española
Aquellos nacidos fuera de España cuyo padre o madre, abuelo o abuela fueron originariamente españoles. Esto es el supuesto más amplio y directo.
Es decir, si su abuelo o abuela nació en España y era español, usted podría optar a la nacionalidad. También acceden Aquellos nacidos fuera de España cuyo padre o madre, abuelo o abuela hubiesen perdido o renunciado a la nacionalidad española a consecuencia del exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia, o de orientación o identidad sexual.
Estos son los apellidos que podrían acceder a la nacionalidad:
- Acevedo
- Acosta
- Aguilar
- Alarcón
- Díaz
- Duque
- Domínguez
- Durán
- García
- Martínez
- Rodríguez
- Fernández
- López
- Pérez
- Gómez
- Sánchez
- Torres
- Ramírez
- Vargas
- Vera
- Reina
¿Cómo solicitar la nacionalidad española?
El trámite para obtener la nacionalidad española bajo la Ley de Memoria Democrática se realiza a través de los consulados españoles en el extranjero, y se centra en demostrar vínculos familiares con españoles que sufrieron exilio o persecución política.
El plazo para solicitar la nacionalidad bajo esta ley expira el 21 de octubre de 2025, con una prórroga aprobada.
Se requiere presentar el Anexo I (y otros anexos según el caso), certificado literal de nacimiento del solicitante, copia del documento de identidad y, dependiendo de la situación, documentación que acredite el vínculo con el familiar español (como actas de nacimiento y matrimonio apostilladas).
Se debe solicitar una cita en el consulado español correspondiente a la residencia del solicitante para presentar la solicitud y la documentación.
La resolución de la solicitud puede tardar varios meses, y si es favorable, se procederá a la inscripción en el Registro Civil español.

