Aerocivil cerró el paso a helicópteros sobre El Dorado: solo podrán cruzar en casos de guerra, emergencia o seguridad presidencial
La nueva medida bloquea el paso directo sobre las pistas del aeropuerto de Aeropuerto El Dorado.
Valentina Bernal
05:33 p. m.
Este miércoles 18 de marzo, la Aerocivil publicó un proyecto que impone una restricción directa al tránsito de helicópteros sobre el complejo del Aeropuerto El Dorado, limitando una maniobra que hasta ahora hacía parte del movimiento habitual en el espacio aéreo de la ciudad.
La decisión impacta a aeronaves de ala rotatoria de operación privada, comercial e incluso estatal, que deberán modificar sus rutas dentro del área de control de Bogotá.
Aerocivil cerró el paso a helicópteros sobre El Dorado: ¿qué pasó?
El documento establece una restricción clara: queda limitado el cruce de helicópteros sobre el aeropuerto en trayectos norte–sur o sur–norte cuando estas rutas interfieran con las trayectorias de aproximación o despegue de las pistas 14L/R y 32R/L.
Esto implica que el paso directo sobre el aeródromo no estará permitido para operaciones normales, obligando a las aeronaves a utilizar rutas alternas.
La medida solo contempla excepciones específicas. El cruce podrá autorizarse exclusivamente en operaciones de orden público, misiones de seguridad nacional o presidencial, así como en situaciones de emergencia, búsqueda y rescate o atención de incendios.
Incluso en estos casos, las condiciones son estrictas.
Bajo qué condiciones los helicópteros podrán sobrevolar el aeropuerto El Dorado
Las aeronaves deberán notificar con al menos 15 minutos de anticipación su intención de cruce, informando su posición, condiciones y dirección prevista.
La autorización no dependerá de una sola entidad. Será necesaria la coordinación previa entre la torre de control de El Dorado y el control de aproximación de Bogotá, que evaluarán el impacto de la maniobra sobre el flujo aéreo y las trayectorias de despegue y aterrizaje.
Además, el cruce queda condicionado a reglas operativas estrictas: deberá realizarse a una altitud de 9.500 pies, mantener la trayectoria autorizada y cumplir en todo momento las instrucciones del control de tráfico aéreo, sin desviaciones.
El documento también fija un punto crítico: no se permitirá realizar el cruce si hay operaciones simultáneas de aeronaves de ala fija en pista, es decir, despegues o aterrizajes en curso.
Para el resto de helicópteros, la instrucción es obligatoria: deberán utilizar los corredores visuales establecidos para la ciudad, conocidos como rutas KOPTER, y evitar el paso sobre el aeropuerto.
Adicionalmente, se establecen puntos específicos de espera y referencia para los pocos casos autorizados, donde las aeronaves deberán mantenerse hasta recibir permiso expreso antes de cruzar.

